Ministerio de Trabajo (MITES)
SMI, jornada laboral, convenios y normativa de empleo.
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11/05/2026 · 13:22
Registro horario digital obligatorio: el Gobierno lo aprueba antes del 21 de junio — qué deben hacer los autónomos con empleados
El Plan Anual Normativo 2026, aprobado en Consejo de Ministros el 5 de mayo, confirma el registro horario digital como medida prioritaria. Yolanda Díaz fija el 21 de junio como fecha límite. Los autónomos con empleados tendrán solo 20 días para adaptarse desde la publicación en el BOE. Sanciones de hasta 10.000 € por trabajador.
Registro horario digital obligatorio: el Gobierno lo aprueba antes del 21 de junio — qué deben hacer los autónomos con empleados
El Plan Anual Normativo 2026, aprobado en Consejo de Ministros el 5 de mayo, confirma el registro horario digital como medida prioritaria. Yolanda Díaz fija el 21 de junio como fecha límite. Los autónomos con empleados tendrán solo 20 días para adaptarse desde la publicación en el BOE. Sanciones de hasta 10.000 € por trabajador.
El Consejo de Ministros aprobó el 5 de mayo de 2026 el Plan Anual Normativo 2026. La noticia más importante para autónomos con empleados: el registro horario digital figura como medida prioritaria del Ministerio de Trabajo, con fecha tope fijada por Yolanda Díaz en el 21 de junio de 2026.
¿Qué es el registro horario digital?
Obliga a todos los autónomos con trabajadores a fichar digitalmente mediante software certificado, documentando hora de entrada, salida, pausas y horas extra. El papel y el Excel dejan de ser válidos.
Plazo de adaptación: solo 20 días
El borrador actual establece solo 20 días desde la publicación en el BOE. El Ministerio de Economía ha pedido un año de plazo, pero el texto mantiene los 20 días. El desacuerdo entre ministerios sigue abierto.
Sanciones por incumplimiento
| Infracción | Sanción |
|---|---|
| Leve | Hasta 750 € |
| Grave | 751 € – 7.500 € |
| Muy grave (falsear el registro) | Hasta 10.000 € por trabajador |
¿Qué debes hacer ahora?
- Si usas papel o Excel, evalúa alternativas de software de fichaje ya.
- Consulta con tu gestoría el plazo definitivo en cuanto se publique en el BOE.
- Conserva los registros al menos 4 años y tenlos disponibles para la Inspección de Trabajo.