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Boletín Oficial del Estado (BOE)

Disposiciones legales publicadas en el BOE que afectan a autónomos.

67 noticias publicadas

07/07/2026 · 16:15

La Seguridad Social elimina las cartas físicas: todas las comunicaciones serán digitales desde septiembre

La Orden ISM/541/2026, publicada en el BOE del 1 de junio, modifica el régimen de notificaciones electrónicas de la Seguridad Social y suprime el envío postal tradicional. La medida entra en vigor en septiembre y afecta a resoluciones, requerimientos y citaciones.

Un giro digital en la relación con la Administración

El Boletín Oficial del Estado publicó el 1 de junio de 2026 la Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, que modifica la Orden ISM/903/2020 por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social. La norma supone un cambio de calado para trabajadores y autónomos: la supresión de las cartas físicas para gestionar las prestaciones públicas, sustituidas por comunicaciones íntegramente digitales a partir de septiembre.

La medida digitaliza por completo el sistema de avisos de la Administración. El modelo tradicional por correo postal desaparece de forma definitiva tras la entrada en vigor de la orden, con el objetivo declarado de agilizar los plazos de respuesta y mejorar la eficiencia interna del organismo.

Qué comunicaciones se ven afectadas

El cambio alcanza a una amplia variedad de trámites. Según recoge la norma, se verán afectadas las resoluciones sobre solicitudes de prestaciones, los requerimientos de documentación complementaria, las citaciones para revisiones médicas y las notificaciones sobre cambios en las cuantías económicas. Para el autónomo, esto implica que cualquier comunicación relevante de la Tesorería o del Instituto Nacional de la Seguridad Social llegará por vía telemática.

La importancia de mantener los datos actualizados

Este nuevo marco refuerza la necesidad de que el trabajador por cuenta propia mantenga actualizados sus datos de contacto y revise con regularidad su buzón electrónico y la sede de la Seguridad Social. Una notificación electrónica no atendida puede darse por practicada transcurrido el plazo legal, con las consecuencias que ello acarrea en procedimientos con plazos de respuesta. La recomendación es habilitar los avisos y comprobar periódicamente el portal Import@ss.

Contexto: la administración electrónica se consolida

Esta orden se enmarca en una tendencia más amplia de digitalización de la Administración pública española. En los últimos meses, el BOE ha recogido diversas normas orientadas a la gestión informatizada de procedimientos, como la automatización de ciertos actos en el reconocimiento de prestaciones del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Para el colectivo autónomo, habituado ya a relacionarse telemáticamente con Hacienda, la novedad consolida un modelo en el que la relación con las administraciones se produce casi exclusivamente por canales digitales, lo que exige familiaridad con las sedes electrónicas y los sistemas de identificación como Cl@ve.

🔗 Boletín Oficial del Estado (boe.es)
01/07/2026 · 22:20

El BOE mantiene congeladas las cuotas de autónomos de 2026 pero actualiza los tramos más altos

El Real Decreto-ley 3/2026 confirma que la tabla de cotización de los autónomos en 2026 es la misma que en 2025, salvo la actualización de la base máxima de los tramos 11 y 12. También se revisa el límite de ingresos para el reintegro de cuotas en pluriactividad.

El Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social, confirma en su articulado que la tabla general y la tabla reducida de cotización del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos para 2026 son las mismas que estuvieron vigentes en 2025.

Para la inmensa mayoría de autónomos, esto significa que su cuota mensual en 2026 no varía respecto a la que venían pagando en 2025, salvo el pequeño incremento derivado de la subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

La excepción: los tramos más altos de cotización

La norma sí introduce un cambio para los autónomos situados en los tramos 11 y 12 de la tabla general, los correspondientes a los rendimientos netos más elevados. La base máxima de cotización de estos dos tramos se actualiza para igualarla al tope máximo de cotización previsto para el Régimen General de la Seguridad Social en 2026, fijado en 5.101,20 euros mensuales.

Situación a 1 de enero de 2026Nueva posibilidad
Cotizaba por la base máxima del tramo 11 o 12 de 2025 (4.909,50 €)Puede elegir cualquier base entre 4.909,50 € y la nueva base máxima de 5.101,20 €

Reintegro de cuotas en pluriactividad

El texto también actualiza el límite de ingresos que da derecho al reintegro de cuotas para los autónomos en situación de pluriactividad, es decir, aquellos que compatibilizan su actividad por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena y cotizan de forma simultánea en ambos regímenes. Este colectivo puede solicitar la devolución de parte de sus cotizaciones cuando la suma de ambas supera el límite legalmente establecido.

Puedes consultar el texto íntegro de la norma en la sede electrónica del BOE, incluida la disposición transitoria que fija las tablas de cotización aplicables durante 2026.

Contexto: una negociación que no prosperó

La congelación de las cuotas para 2026 llega después de que las negociaciones entre el Gobierno, los sindicatos y las organizaciones de autónomos para acordar una subida de las cuotas no llegaran a buen puerto. La propuesta que se puso sobre la mesa planteaba incrementos de entre el uno y el dos coma cinco por ciento en los tramos superiores, manteniendo congelados los tres primeros tramos, pero finalmente el Gobierno optó por prorrogar las cuotas vigentes en 2025 para todo el colectivo, con la única excepción de la actualización técnica de los tramos más altos recogida en este real decreto-ley.

🔗 Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero — BOE-A-2026-2548
26/06/2026 · 19:38

BOE del 26 de junio: la Orden PJC/643/2026 moderniza los pagos de la AGE con impacto en devoluciones

El BOE de hoy publica la Orden PJC/643/2026, de 19 de junio, que actualiza el procedimiento de pago de obligaciones de la Administración General del Estado. La norma afecta a la tramitación de devoluciones tributarias y subvenciones que reciben los autónomos beneficiarios.

Hoy, 30 de junio de 2026, vence el plazo para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024 (modelo 100) por vía telemática. La campaña, abierta desde el 8 de abril de 2026, cierra definitivamente hoy. Quien no presente la declaración incurrirá en presentación fuera de plazo, con los recargos y sanciones que correspondan.

Obligación universal para los autónomos

Los trabajadores por cuenta propia están siempre obligados a presentar la declaración del IRPF, sin umbral mínimo de ingresos. Desde el primer euro de rendimiento neto derivado de la actividad económica, nace la obligación de declarar. Esta norma diferencia a los autónomos de los asalariados, quienes pueden estar exentos por debajo de determinados límites.

Fechas clave de la campaña Renta 2024

HitoFecha
Apertura presentación online8 de abril de 2026
Confección telefónica (cita previa)6 de mayo – 30 de junio
Atención presencial en oficinas AEAT1 de junio – 30 de junio
Fin plazo domiciliación bancaria25 de junio de 2026
Último día presentación telemáticaHoy, 30 de junio de 2026
Segundo plazo pago fraccionado (modelo 102)Hasta el 5 de noviembre de 2026

Consecuencias de no presentar hoy

La presentación fuera de plazo sin requerimiento previo genera recargos crecientes: el 1 % por cada mes completo transcurrido hasta doce meses, y un 15 % más intereses de demora a partir del año. Si la AEAT requiere la declaración antes de que el contribuyente la presente voluntariamente, la sanción mínima por infracción grave asciende al 50 % de la cuota no declarada, con posibilidad de reducción por conformidad y pronto pago.

Pago fraccionado disponible

Los autónomos con resultado a ingresar pueden fraccionar el pago sin intereses: el 60 % en el momento de la presentación y el 40 % restante hasta el 5 de noviembre de 2026 mediante el modelo 102. Esta opción debe marcarse en la propia declaración al momento de confirmarla.

⚠️ Atención: El plazo de domiciliación bancaria venció el 25 de junio. Si presentas hoy con resultado a ingresar, el pago debe efectuarse mediante cargo inmediato o ingreso en entidad colaboradora.
ℹ️ Próximo vencimiento: El 20 de julio vencen los modelos 303 (IVA 2T) y 130 (pago fraccionado IRPF 2T). La domiciliación del segundo trimestre cierra el 15 de julio.
✅ Fuente oficial: Agencia Tributaria — sede.agenciatributaria.gob.es (Renta Web, modelo 100)
🔗 BOE núm. 152 — Viernes 26 de junio de 2026 · Orden PJC/643/2026 (BOE-A-2026-13890)
22/06/2026 · 11:50

MAÑANA martes 23 de junio: último Consejo de Ministros antes del verano — qué puede publicarse el miércoles 24 en el BOE

El martes 23 de junio es previsiblemente el último Consejo de Ministros antes del receso estival. El miércoles 24 el BOE puede publicar el Real Decreto del registro horario digital, nuevas medidas de apoyo estival y posibles disposiciones de Hacienda. Guía de qué buscar en el BOE del miércoles.

El martes 23 de junio de 2026 es el próximo Consejo de Ministros y muy probablemente el último antes del receso estival. El miércoles 24 de junio el BOE recogerá todo lo aprobado. Esta es la guía de qué buscar y cómo leerlo.

Disposiciones probables del BOE del miércoles 24

1. Real Decreto del registro horario digital — máxima probabilidad

Si el Gobierno aprueba finalmente el decreto mañana, aparecerá en el BOE del miércoles 24 en la Sección I bajo el epígrafe del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Busca el término "registro de jornada" o "artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores". Los 5 datos que debes leer primero:

  • Plazo de adaptación para pymes — disposiciones transitorias.
  • ¿Plazos diferenciados por tamaño? — grandes vs pymes.
  • Sistemas técnicos válidos — artículos 3-5.
  • Sanciones exactas — modificación de la LISOS.
  • Excepciones por sector — ámbito de aplicación.

2. Posibles medidas de apoyo estival

El Gobierno suele aprobar en el último Consejo antes del verano medidas de apoyo para el período estival: transporte, turismo, energía y precios. Pueden afectar a autónomos del sector servicios y hostelería.

3. Posible reforma del cese de actividad

El MITES tiene pendiente una reforma del sistema de cese de actividad para reducir el porcentaje de denegaciones (actualmente el 60%). Puede aprobarse mañana y publicarse el miércoles.

Cómo seguir el BOE del miércoles 24 en tiempo real

  • Suscríbete a boe.es/mi_boe/ con "registro de jornada" — recibirás email inmediato.
  • Accede a boe.es/diario_boe/ultimo.php el miércoles a primera hora.
  • Sigue esta sección de Autónomos Creando Patria — publicamos la noticia en el momento en que el BOE lo confirme.
ℹ️ Si el BOE del miércoles 24 NO tiene el decreto: significará que el Consejo del 23 no lo aprobó. La siguiente oportunidad sería septiembre de 2026 y la entrada en vigor para pymes pasaría a otoño de 2027.
🔗 BOE — Plan de publicaciones / La Moncloa / MITES
22/06/2026 · 11:50

BOE sábado 20 junio 2026 (núm. 144): precios del tabaco actualizados — tercer cambio de junio para estanqueros autónomos

El BOE del 20 de junio publica la tercera actualización de precios de labores de tabaco del mes de junio de 2026, con efectos inmediatos. Es la actualización número 12 de 2026. Los autónomos estanqueros deben actualizar sus sistemas de caja con urgencia antes de abrir hoy.

El BOE número 144 del sábado 20 de junio de 2026 publicó la Resolución de 19 de junio de 2026, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio (BOE-A-2026-13370).

Tercera actualización de tabaco en junio

Esta es la tercera actualización de precios del tabaco publicada en junio de 2026 — las anteriores fueron el 13 y el 6 de junio. Junio está siendo el mes con mayor número de actualizaciones de precios del tabaco del año, lo que refleja la intensa actividad de los fabricantes en el período previo al verano, cuando el consumo aumenta significativamente.

Acción inmediata para estanqueros autónomos

  • Actualizar el TPV con los nuevos precios antes de abrir hoy lunes.
  • Actualizar la cartelería de precios visible al público.
  • Comunicar al proveedor los nuevos precios para las próximas entregas.

Impacto en la declaración trimestral del estanquero (2T 2026)

Esta actualización afecta al segundo trimestre de 2026, cuya liquidación vence el 20 de julio de 2026:

  • Modelo 303 (IVA): los ingresos de mayo y junio reflejarán los precios actualizados. El IVA del tabaco es del 21% sobre el precio de venta al público menos el ILT y el margen del estanquero.
  • Modelo 130 (IRPF): los ingresos netos del segundo trimestre incluyen el margen comercial del estanquero, que varía con cada actualización de precios.
ℹ️ El margen del estanquero: En España, el margen comercial del estanquero sobre las labores de tabaco es fijo por ley y se calcula como un porcentaje del precio de venta al público. Cada actualización de precios incluye el recálculo automático del margen. Consulta el texto completo de la resolución para conocer el margen exacto de cada referencia actualizada.
🔗 BOE núm. 144 — 20 junio 2026, BOE-A-2026-13370
19/06/2026 · 13:15

Depósito de cuentas anuales 2025 en el Registro Mercantil: quedan 42 días — guía para autónomos societarios

Las sociedades limitadas y anónimas deben depositar sus cuentas anuales del ejercicio 2025 en el Registro Mercantil en el plazo de un mes desde su aprobación por la Junta General. Con la Junta de plazo hasta el 30 de junio de 2026, el depósito debe realizarse antes del 31 de julio de 2026. Quedan 42 días.

Los autónomos que operan a través de una sociedad limitada (SL) o anónima (SA) tienen un vencimiento importante en julio: el depósito de las cuentas anuales del ejercicio 2025 en el Registro Mercantil. Quedan 42 días.

¿Cuál es el plazo exacto?

  • La Junta General ordinaria debe aprobar las cuentas anuales 2025 dentro de los 6 primeros meses del ejercicio 2026 — es decir, antes del 30 de junio de 2026.
  • Una vez aprobadas, el depósito en el Registro Mercantil debe realizarse en el plazo de 1 mes desde la aprobación.
  • Por tanto, si la Junta aprueba las cuentas el 30 de junio, el depósito vence el 31 de julio de 2026.

Documentación necesaria para el depósito

  • Balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2025.
  • Memoria de la sociedad.
  • Informe de gestión (solo obligatorio para sociedades de tamaño medio o grande).
  • Certificación del acuerdo de aprobación de las cuentas por la Junta General.
  • Propuesta de distribución del resultado o de aplicación de pérdidas.
  • Declaración de identificación del titular real de la sociedad (actualizada si ha habido cambios).

¿Qué pasa si no depositas las cuentas a tiempo?

El incumplimiento del depósito de cuentas anuales tiene consecuencias graves:

  • Cierre registral: el Registro Mercantil cierra la hoja de la sociedad — no se pueden inscribir actos posteriores (cambio de administrador, modificación de estatutos, etc.).
  • Sanciones del ICAC: multas de entre 1.200 € y 60.000 € según el tamaño de la empresa.
  • Publicidad negativa: la no presentación de cuentas es pública en el Registro Mercantil y puede afectar a la imagen de la empresa ante proveedores y clientes.
ℹ️ Depósito telemático: El depósito de cuentas puede realizarse telemáticamente a través del portal del Colegio de Registradores en registradores.org. Requiere certificado digital de la sociedad o del administrador.
✅ Fuente oficial: Colegio de Registradores — Depósito de cuentas | Art. 279 Ley de Sociedades de Capital
🔗 BOE — Ley de Sociedades de Capital / Registro Mercantil
19/06/2026 · 13:14

BOE semana del 15-19 junio: el último publicado sigue siendo el del 13 de junio — sin registro horario y sin noticias de Hacienda

La web oficial del BOE confirma que el último número publicado es el del sábado 13 de junio de 2026. Los días laborables del 15 al 19 de junio aparecen en el calendario sin enlace activo. Esta situación excepcional confirma que el Real Decreto del registro horario digital NO se ha publicado esta semana.

La consulta directa realizada hoy a la web oficial del BOE confirma un dato excepcional: el último BOE publicado sigue siendo el del sábado 13 de junio de 2026. Los días laborables del 15, 16, 17, 18 y 19 de junio aparecen en el calendario oficial sin enlace activo.

¿Qué confirma esta situación?

  • El Real Decreto del registro horario digital NO se ha publicado esta semana — si hubiera salido, habría estado disponible en el portal.
  • El Consejo de Ministros del 16 de junio no aprobó ninguna norma de rango de real decreto con impacto en autónomos.
  • La situación puede deberse a una incidencia técnica en el sistema de publicación del BOE o a un proceso de actualización de la plataforma.

Cómo acceder a los BOE de esta semana

  • Accede directamente a boe.es/diario_boe/ultimo.php — muestra siempre el último BOE disponible.
  • Si tienes suscripción a Mi BOE, habrás recibido email con las disposiciones de cada día.
  • Para consultas urgentes: llama a la Agencia Estatal del BOE en el 91 111 40 00.

¿Qué esperar del BOE la semana que viene?

La semana del 22 al 27 de junio puede ser la más importante del año normativo:

  • Martes 23: Consejo de Ministros — posiblemente el último antes del verano y máxima probabilidad de aprobación del registro horario digital.
  • Miércoles 24: BOE del Consejo del 23 — si se aprueba el decreto, aparece aquí.
  • Posibles convenios colectivos de verano, resoluciones tributarias de fin de campaña y otras disposiciones.
ℹ️ Alerta gratuita del BOE: Suscríbete en boe.es/mi_boe/ con el término "registro de jornada" para recibir email inmediato el día que se publique el decreto.
🔗 BOE.es — boe.es/diario_boe
18/06/2026 · 08:07

Convenio TGSS–Castilla-La Mancha publicado el 6 de junio: cruce de datos de afiliación actualizado para autónomos castellano-manchegos

El BOE del 6 de junio publicó el Convenio entre el INSS, la TGSS y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la cesión de información en materia de afiliación. Los autónomos castellano-manchegos que soliciten subvenciones autonómicas verán sus datos de Seguridad Social verificados automáticamente.

El BOE del 6 de junio de 2026 publicó la Resolución de 29 de mayo de 2026, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la cesión de información en materia de afiliación (BOE-A-2026-12296).

¿Qué datos comparten la TGSS y la Junta de Castilla-La Mancha?

El convenio permite a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha acceder automáticamente a los datos de afiliación que la TGSS mantiene sobre los autónomos y trabajadores de la región:

  • Estado de alta en el RETA: si el autónomo está dado de alta y en qué régimen.
  • Base de cotización actual: el tramo en que cotiza el autónomo.
  • Situación de deudas: si está al corriente de pago o tiene deudas pendientes.
  • Historial de altas y bajas: antigüedad como autónomo y períodos de inactividad.

Implicaciones para autónomos de Castilla-La Mancha

  • Solicitudes de subvenciones: cuando un autónomo castellano-manchego solicita una ayuda autonómica, la Junta puede verificar automáticamente que está dado de alta en el RETA y al corriente de pagos, sin que el autónomo tenga que aportar certificados en papel.
  • Agilización de trámites: menos documentación a aportar en las solicitudes de ayudas y programas de apoyo al emprendimiento.
  • Mayor control: la Junta puede detectar autónomos que solicitan ayudas sin estar correctamente dados de alta o con deudas pendientes.

Principales programas de apoyo a autónomos de Castilla-La Mancha

  • Programa de ayudas al emprendimiento y autoempleo de la Consejería de Economía.
  • Ayudas a la digitalización de autónomos y pymes (cofinanciadas con fondos FEDER).
  • Subvenciones para la incorporación de jóvenes como socios trabajadores de cooperativas.
  • Ayudas para autónomos del sector agrícola afectados por la sequía o fenómenos meteorológicos.
ℹ️ Para acceder a subvenciones autonómicas: Asegúrate de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social antes de presentar cualquier solicitud. La Junta lo verifica automáticamente a través de este convenio. Las deudas pendientes pueden bloquear la concesión de la ayuda.
🔗 BOE núm. 138 — 6 junio 2026, BOE-A-2026-12296
18/06/2026 · 08:06

BOE confirma: el 13 de junio es el último publicado — los días 15 al 18 aparecen sin BOE en el calendario oficial

La web oficial del BOE confirma hoy que el último número publicado es el del sábado 13 de junio de 2026. Los días laborables del 15 al 18 de junio aparecen en el calendario sin enlace activo, lo que indica que los BOE de esta semana aún no han sido publicados en el portal oficial. Situación excepcional que puede deberse a causas técnicas.

La consulta directa realizada hoy a la web oficial del BOE confirma un dato excepcional: el último BOE publicado es el del 13 de junio de 2026. En el calendario del portal oficial, los días laborables del 15, 16, 17 y 18 de junio aparecen sin enlace activo — lo que significa que los BOE de esta semana todavía no han sido cargados en el sistema de consulta pública.

¿Es normal que el BOE no esté publicado a estas horas?

En condiciones normales, el BOE se publica en su portal web a primera hora de la mañana de cada día laborable. Una situación en la que los BOE de varios días laborables consecutivos (lunes 15, martes 16, miércoles 17 y jueves 18) no aparezcan en el calendario es excepcional y puede deberse a:

  • Incidencia técnica en el sistema de publicación del BOE — la Agencia Estatal del BOE puede estar actualizando o migrando su plataforma.
  • Demora en la carga de los sumarios en el sistema de consulta pública — los BOE se imprimieron y distribuyeron pero el sistema web de consulta no se ha actualizado.
  • Festivo local o causa excepcional — aunque en Madrid no hay festivo local esta semana.

¿Cómo acceder a los BOE de esta semana?

  • Accede directamente a boe.es/diario_boe/ultimo.php — esta URL siempre muestra el último BOE publicado, sea cual sea su fecha.
  • Si tienes suscripción al servicio de alertas de Mi BOE, habrás recibido un email con las disposiciones de cada día.
  • Contacta con la Agencia Estatal del BOE en el teléfono 91 111 40 00 si necesitas una disposición urgente de esta semana.
ℹ️ Esto confirma que el registro horario digital NO está publicado: Si el Real Decreto del registro horario digital se hubiera aprobado en el Consejo de Ministros del 16 de junio y publicado en el BOE del 17, habría sido recogido en el sistema de alertas de Mi BOE. Al no haber recibido ninguna alerta al respecto, se confirma que el decreto sigue sin publicarse.
🔗 BOE.es — boe.es/diario_boe
17/06/2026 · 13:22

Registro horario digital: lo que dice el borrador técnico — requisitos exactos que deberá cumplir el sistema que instales

Con el Real Decreto pendiente de aprobación, conviene conocer ya los requisitos técnicos que establece el borrador para los sistemas de fichaje válidos. Aunque el texto puede sufrir ajustes, los requisitos centrales son conocidos: trazabilidad, inalterabilidad, acceso remoto de la Inspección y prohibición de biometría ordinaria.

Aunque el Real Decreto del registro horario digital todavía no ha sido publicado en el BOE, el borrador técnico que analizó el Consejo de Estado en marzo de 2026 es suficientemente conocido para que los autónomos con empleados puedan empezar a evaluar sistemas. Estas son las obligaciones que añade el borrador del Real Decreto sobre registro horario digital: fichaje digital obligatorio, acceso remoto de la Inspección de Trabajo de manera telemática, inalterabilidad y trazabilidad con log de auditoría, endurecimiento de sanciones por trabajador afectado, prohibición de biometría salvo que no existan métodos menos invasivos, y registro de horas extra indicando si se compensan mediante salario o descansos.

Sistemas técnicos válidos según el borrador

Teniendo en cuenta el borrador actual de la ley, se permitirán los siguientes sistemas de fichaje: software o apps de fichaje, terminales físicos para tarjetas RFID o con código PIN, lectores QR, y aplicaciones o dispositivos con geolocalización puntual. Los dispositivos biométricos (huella dactilar, reconocimiento facial) están prohibidos como método para registrar la jornada laboral en España salvo casos excepcionales.

4 requisitos técnicos clave de cualquier sistema válido

El registro horario deberá cumplir nuevas obligaciones: registro horario digital que permita digitalizar todos los datos y garantizar la seguridad, datos completos de trabajadores y empresa, correcto archivado con localización rápida de todos los registros, disponibilidad durante 4 años, y acceso telemático de la Inspección de Trabajo en cualquier momento y lugar.

RequisitoQué significa
Identificación única del trabajadorEl sistema garantiza que quien ficha es el trabajador, no otra persona
Sellado temporal automáticoLa hora se registra automáticamente — no introducida manualmente a posteriori
Hash criptográficoCualquier modificación posterior queda registrada y es detectable
Acceso remoto ITSSLa Inspección puede consultar registros telemáticamente sin visita física
⚠️ El borrador puede cambiar: la información está actualizada a marzo de 2026 y los borradores normativos citados pueden sufrir modificaciones tras el diálogo social y la tramitación hasta su aprobación definitiva y publicación en el BOE. No inviertas en hardware hasta conocer el texto definitivo.
✅ Fuentes: MITES — Trabajo Autónomo | Borrador Real Decreto, versión analizada por el Consejo de Estado (marzo 2026)
🔗 Borrador Real Decreto registro horario digital / MITES / Protime / FichMe