Las cuotas de autónomos se mantienen en 2026 con las mismas tablas de 2025 en pleno año de prórroga presupuestaria
La tabla general y la reducida de cotización aplicables a los autónomos en 2026 son las mismas que las de 2025, salvo la actualización de la base máxima de los tramos 11 y 12. La medida se recoge en el Real Decreto-ley 3/2026 ante la prórroga de los Presupuestos.
Continuidad en las cuotas ante la prórroga presupuestaria
Los trabajadores autónomos afrontan 2026 con una novedad que, en la práctica, es una continuidad: las cuotas a la Seguridad Social se calculan con las mismas tablas de cotización que estuvieron vigentes en 2025. Así lo establece el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social, publicado en el BOE.
La norma dispone que, desde el 1 de enero de 2026 y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, la tabla general y la tabla reducida aplicables a los distintos tramos de rendimientos netos del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) serán las previstas para el año 2025. La única excepción es la base máxima de los tramos 11 y 12 de la tabla general, que se actualiza de acuerdo con el tope máximo de cotización del Régimen General.
El sistema de cotización por ingresos reales, plenamente vigente
El modelo de cotización por rendimientos reales, en marcha desde 2023, se mantiene sin cambios estructurales. El autónomo determina su tramo de ingresos netos y, dentro de él, elige una base entre un mínimo y un máximo, sobre la que se aplica el tipo de cotización correspondiente. Al cierre del ejercicio, la Tesorería General de la Seguridad Social realiza la regularización anual, comparando los rendimientos declarados con las cuotas efectivamente abonadas, de modo que el trabajador deberá abonar la diferencia o recibir una devolución.
Colectivos con base mínima al alza
Conviene matizar que sí existe una subida para determinados colectivos. Los autónomos societarios, los familiares colaboradores y quienes no declaran rendimientos ven elevada su base mínima de cotización. Para estos perfiles, la base mínima se sitúa por encima de la aplicable con carácter general, un dato que la Tesorería recomienda verificar en cada caso concreto a través de su sede electrónica.
Qué debe hacer el autónomo
La recomendación de la Seguridad Social es revisar periódicamente la previsión de rendimientos netos anuales y ajustar la base de cotización en consecuencia, para evitar sorpresas en la regularización. El trabajador puede modificar su base de cotización varias veces al año a través del portal Import@ss, adaptándola a la evolución real de su actividad. Mantener esta previsión actualizada es la mejor herramienta para evitar tanto pagos de más como regularizaciones al alza inesperadas al cierre del ejercicio.