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Seguridad Social (TGSS)

Cuotas, RETA, altas y bajas, cotizaciones y prestaciones.

66 noticias publicadas

07/07/2026 · 16:11

Las cuotas de autónomos se mantienen en 2026 con las mismas tablas de 2025 en pleno año de prórroga presupuestaria

La tabla general y la reducida de cotización aplicables a los autónomos en 2026 son las mismas que las de 2025, salvo la actualización de la base máxima de los tramos 11 y 12. La medida se recoge en el Real Decreto-ley 3/2026 ante la prórroga de los Presupuestos.

Continuidad en las cuotas ante la prórroga presupuestaria

Los trabajadores autónomos afrontan 2026 con una novedad que, en la práctica, es una continuidad: las cuotas a la Seguridad Social se calculan con las mismas tablas de cotización que estuvieron vigentes en 2025. Así lo establece el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social, publicado en el BOE.

La norma dispone que, desde el 1 de enero de 2026 y hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado, la tabla general y la tabla reducida aplicables a los distintos tramos de rendimientos netos del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) serán las previstas para el año 2025. La única excepción es la base máxima de los tramos 11 y 12 de la tabla general, que se actualiza de acuerdo con el tope máximo de cotización del Régimen General.

El sistema de cotización por ingresos reales, plenamente vigente

El modelo de cotización por rendimientos reales, en marcha desde 2023, se mantiene sin cambios estructurales. El autónomo determina su tramo de ingresos netos y, dentro de él, elige una base entre un mínimo y un máximo, sobre la que se aplica el tipo de cotización correspondiente. Al cierre del ejercicio, la Tesorería General de la Seguridad Social realiza la regularización anual, comparando los rendimientos declarados con las cuotas efectivamente abonadas, de modo que el trabajador deberá abonar la diferencia o recibir una devolución.

Colectivos con base mínima al alza

Conviene matizar que sí existe una subida para determinados colectivos. Los autónomos societarios, los familiares colaboradores y quienes no declaran rendimientos ven elevada su base mínima de cotización. Para estos perfiles, la base mínima se sitúa por encima de la aplicable con carácter general, un dato que la Tesorería recomienda verificar en cada caso concreto a través de su sede electrónica.

Qué debe hacer el autónomo

La recomendación de la Seguridad Social es revisar periódicamente la previsión de rendimientos netos anuales y ajustar la base de cotización en consecuencia, para evitar sorpresas en la regularización. El trabajador puede modificar su base de cotización varias veces al año a través del portal Import@ss, adaptándola a la evolución real de su actividad. Mantener esta previsión actualizada es la mejor herramienta para evitar tanto pagos de más como regularizaciones al alza inesperadas al cierre del ejercicio.

🔗 Tesorería General de la Seguridad Social (importass.seg-social.es)
01/07/2026 · 22:19

La Seguridad Social aplica hoy el cambio de base de cotización solicitado en mayo y junio

Los autónomos que solicitaron un cambio de base de cotización entre el 1 de mayo y el 30 de junio ven hoy, 1 de julio, cómo se hace efectiva la nueva cuota. Se pueden realizar hasta seis cambios de base al año a través de Import@ss.

El sistema de cotización de los autónomos por rendimientos netos permite ajustar la base de cotización hasta seis veces al año en función de la evolución real de los ingresos. Hoy, 1 de julio de 2026, se hace efectivo el cambio de base solicitado por quienes lo comunicaron entre el 1 de mayo y el 30 de junio a través del portal Import@ss.

Calendario de ventanas de cambio en 2026

Solicitud realizada entreEfecto de la nueva base
1 de enero y 28/29 de febrero1 de marzo
1 de marzo y 30 de abril1 de mayo
1 de mayo y 30 de junio1 de julio
1 de julio y 31 de agosto1 de septiembre
1 de septiembre y 31 de octubre1 de noviembre
1 de noviembre y 31 de diciembre1 de enero de 2027
Los autónomos que no hayan solicitado ningún cambio mantienen automáticamente su base de cotización vigente, sin necesidad de realizar ningún trámite.

Cómo comprobar y simular la nueva cuota

La Tesorería General de la Seguridad Social pone a disposición de los autónomos un simulador dentro del área pública de Import@ss, donde es posible calcular la cuota mensual correspondiente a los ingresos previstos sin necesidad de identificarse con certificado digital. Es recomendable revisar la previsión de rendimientos netos anuales para elegir una base ajustada, ya que al finalizar el ejercicio la Seguridad Social realiza una regularización que puede derivar en una devolución o en un pago adicional según el resultado real de la Declaración de la Renta.

Si tus ingresos han variado de forma significativa desde tu última comunicación, conviene ajustar la base cuanto antes: cotizar por debajo de tu tramo real generará una reclamación de cuotas adicionales tras la regularización anual.

Próxima ventana de cambio

Quienes deseen modificar su base de cotización a partir de septiembre deben realizar la solicitud entre el 1 de julio y el 31 de agosto, también a través de Import@ss, en el servicio "Base de cotización y rendimientos".

🔗 Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) — Import@ss
26/06/2026 · 19:36

El plazo bimestral julio-agosto para cambiar la base RETA abre el 1 de julio

Los autónomos disponen del 1 de julio al 31 de agosto de 2026 para modificar su base de cotización en el RETA con efectos desde el 1 de septiembre. El trámite se realiza íntegramente a través de Importass, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social.

A partir del 1 de julio de 2026 se abre la ventana bimestral para que los trabajadores autónomos inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) puedan modificar su base de cotización. El plazo permanece abierto hasta el 31 de agosto de 2026, y los cambios solicitados tendrán efecto el 1 de septiembre de 2026.

Seis ventanas al año para ajustar la cotización

El sistema de cotización por ingresos reales, implantado por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, permite modificar la base hasta seis veces al año. Las ventanas bimestrales y sus fechas de efecto son las siguientes:

  • Enero-febrero → efectos 1 de marzo
  • Marzo-abril → efectos 1 de mayo
  • Mayo-junio → efectos 1 de julio
  • Julio-agosto → efectos 1 de septiembre
  • Septiembre-octubre → efectos 1 de noviembre
  • Noviembre-diciembre → efectos 1 de enero del año siguiente

Tablas de cotización en vigor durante 2026

Las bases de cotización aplicables en 2026 son las previstas en la disposición transitoria primera del Real Decreto-ley 13/2022, actualizadas por el Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero. La base máxima para los tramos 11 y 12 de la tabla general asciende a 5.101,20 euros mensuales, en línea con el tope máximo del Régimen General.

El tipo general de cotización para autónomos en 2026 es del 31,50 %, distribuido en: contingencias comunes 28,30 %, contingencias profesionales 1,30 %, cese de actividad 0,90 %, formación profesional 0,10 % y Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) 0,90 %.

Cómo tramitar el cambio en Importass

El trámite se realiza íntegramente a través de Importass, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social. Desde la sección "Base de cotización y rendimientos" el autónomo puede actualizar su base provisional en función de la previsión actualizada de ingresos del ejercicio 2026. No es necesario aportar documentación adicional: la regularización definitiva se producirá en 2027, cuando la Agencia Tributaria comunique los rendimientos reales a la Seguridad Social.

ℹ️ Recomendación: Si tus ingresos reales están siendo superiores a la previsión inicial, considera subir la base antes del 31 de agosto para evitar una liquidación de regularización elevada en 2027.
⚠️ Límites: La base elegida no puede ser inferior a la base mínima ni superior a la base máxima del tramo que corresponda a tus rendimientos netos estimados anuales.
✅ Fuente oficial: Tesorería General de la Seguridad Social — seg-social.es/importass
🔗 Tesorería General de la Seguridad Social — Importass (TGSS)
22/06/2026 · 11:46

HOY vencen los modelos 111, 115 y 303 mensual de mayo — guía de presentación de urgencia

Hoy lunes 22 de junio de 2026 vencen los modelos 111 (retenciones de mayo), 115 (alquiler de mayo) y 303 mensual de mayo. El plazo era el 20 de junio (sábado) y se ha prorrogado al primer día hábil siguiente: hoy lunes. Si aún no los has presentado, actúa ahora mismo — el sistema puede saturarse a partir del mediodía.

HOY lunes 22 de junio de 2026 es el último día para presentar los modelos tributarios del mes de mayo. El plazo ordinario era el 20 de junio (sábado) y se ha prorrogado automáticamente al primer día hábil siguiente: hoy. Si no los presentas hoy, entras en recargo automático desde mañana martes 23.

Modelos que vencen HOY

ModeloContenido¿A quién afecta?
Modelo 111Retenciones IRPF de mayo 2026 sobre rendimientos del trabajo y actividades económicasAutónomos con empleados o que paguen honorarios con retención
Modelo 115Retenciones sobre alquiler de local o nave de mayo 2026Autónomos que pagan alquiler de local con retención del 19%
Modelo 303 mensualIVA de mayo 2026Solo autónomos en REDEME (Registro de Devolución Mensual) o grandes empresas

Datos que necesitas para el modelo 111

  • Suma de los salarios brutos de mayo de todos tus trabajadores.
  • Total de retenciones de IRPF practicadas en mayo.
  • Honorarios pagados a profesionales autónomos en mayo con retención del 15%.

Recargos si no presentas hoy

Cuándo ingresesRecargo
HOY (hasta las 23:59)Sin recargo
Mañana 23 – hasta 3 meses5% sobre principal
3 – 6 meses10% + intereses
6 – 12 meses15% + intereses
⚠️ El sistema AEAT puede saturarse hoy a partir del mediodía. Hoy vencen simultáneamente miles de declaraciones de la Renta 2024 y los modelos mensuales. Presenta los modelos en las próximas horas si aún no lo has hecho — no esperes a la tarde.
🔗 AEAT — Calendario del Contribuyente 2026 / Seguridad Social
22/06/2026 · 11:43

Instituto Social de la Marina automatiza prestaciones del Régimen Especial del Mar — impacto en cotizaciones de autónomos del sector

El BOE del 20 de junio publica la Resolución de 15 de junio de 2026 del Instituto Social de la Marina por la que se regula la automatización de ciertos actos en los procedimientos para el reconocimiento de prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Los autónomos de la pesca, la marina mercante y la acuicultura ven agilizados sus trámites de prestaciones.

El BOE número 144 del sábado 20 de junio de 2026 publicó la Resolución de 15 de junio de 2026, del Instituto Social de la Marina, por la que se regula la automatización de ciertos actos y actuaciones en los procedimientos para el reconocimiento de determinadas prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (BOE-A-2026-13371, 5 páginas).

¿Qué es el Instituto Social de la Marina (ISM)?

El ISM es el organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo que gestiona las prestaciones de la Seguridad Social para los trabajadores del mar: pescadores, marineros de la marina mercante, acuicultores y otros colectivos marítimos. Los autónomos del sector que tienen trabajadores dados de alta en el Régimen Especial del Mar (REM) se relacionan directamente con el ISM.

¿Qué automatiza esta resolución?

La resolución regula la actuación administrativa automatizada en determinados procedimientos del ISM:

  • Reconocimiento automático de prestaciones de incapacidad temporal (IT) para trabajadores del mar, sin necesidad de resolución manual en los casos estándar.
  • Comunicación automatizada de altas y bajas entre el ISM y la TGSS para trabajadores del REM.
  • Notificación electrónica automática al armador o empresario autónomo cuando se produce un alta o baja en prestación de alguno de sus trabajadores.

¿Qué diferencia al REM del RETA?

ConceptoRETA (autónomos terrestres)REM (mar)
Organismo gestorTGSS + INSSISM
Cuota mensualSegún base elegidaSegún categoría profesional
Cotización por ITDesde el 4.º día de bajaDesde el 2.º día
Prestación por desempleoCese de actividadDesempleo del REM (específico)
ℹ️ Si tienes trabajadores en el REM: Con la automatización, recibirás notificaciones electrónicas automáticas cuando alguno de tus trabajadores cause baja por IT. Asegúrate de tener actualizada tu dirección de correo electrónico y tu certificado digital en el portal del ISM (mites.gob.es/ism).
🔗 BOE núm. 144 — 20 junio 2026, BOE-A-2026-13371
19/06/2026 · 13:12

Cambio de base RETA: HOY es el último día cómodo antes del cierre del 30 de junio

La ventana de cambio de base de cotización del RETA con efectos del 1 de agosto cierra el 30 de junio. Quedan 11 días. Hoy viernes es el último día hábil con el sistema de la Seguridad Social sin saturación para hacer el trámite en Importass con calma y sin prisas.

La quinta y antepenúltima ventana de cambio de base de cotización del RETA está a punto de cerrar. Las solicitudes presentadas antes del 30 de junio de 2026 tendrán efectos desde el 1 de agosto de 2026. Hoy viernes 19 de junio es el último día sin la presión de los vencimientos del 22 y 25 para hacer el trámite con calma.

¿Subir, bajar o mantener? Tres preguntas para decidir

  • ¿Tus ingresos de 2026 están siendo superiores a los de 2024? → Considera subir la base para estar en el tramo correcto y evitar una regularización alta en 2027.
  • ¿Están siendo inferiores? → Considera bajar la base para reducir la cuota mensual y mejorar la tesorería.
  • ¿Son similares y ya estás en el tramo correcto? → Mantén y no hagas nada.

Cómo hacer el cambio en 5 minutos

  1. Accede a importass.seg-social.es con certificado digital o Cl@ve.
  2. Ve a Cotización → Cambio de base de cotización.
  3. Introduce la nueva base y confirma. El cambio surte efecto desde el 1 de agosto automáticamente.

Ventanas de cambio que quedan en 2026

Solicitud hastaEfectos desde
30 junio 2026 ← AHORA ABIERTO1 agosto 2026
31 agosto 20261 octubre 2026
31 octubre 20261 enero 2027
🔗 Seguridad Social — Cotización y Recaudación / Importass
19/06/2026 · 13:11

HOY vence el último plazo cómodo antes de los vencimientos del 22 y 25 de junio — checklist urgente para autónomos

Hoy viernes 19 de junio es el ÚLTIMO día hábil antes del pico de saturación de la AEAT. El lunes 22 vencen los modelos 111 y 303 mensual de mayo; el jueves 25 cierra la domiciliación de la Renta 2024 (ejercicio 2024). Todo lo que puedas presentar hoy evita problemas técnicos de última hora.

Hoy viernes 19 de junio de 2026 es el último día hábil antes de la semana más intensa del año fiscal para los autónomos. A partir del lunes 22, el sistema de la AEAT entrará en saturación máxima por la confluencia de tres vencimientos críticos.

Los tres vencimientos que llegan la semana que viene

DíaVencimiento¿A quién afecta?
Lunes 22 junioModelos 111, 115 y 303 mensual de mayo (el 20 es sábado)Autónomos con empleados / REDEME
Jueves 25 junioÚltimo día para domiciliar el pago de la Renta 2024 (ej. 2024)Todos — resultado a ingresar
Martes 30 junioCierre definitivo Renta 2024 (ej. 2024) + cambio base RETATodos los autónomos

Qué hacer HOY antes de desconectar

  • Presenta los modelos 111 y 303 mensual de mayo. Si tienes los datos, hazlo ahora — la AEAT acepta presentaciones con días de antelación al vencimiento sin ningún problema.
  • Presenta la Renta 2024 (ejercicio 2024) si aún no lo has hecho. Si el resultado es a ingresar y quieres domiciliar, el plazo cierra el 25 de junio. Presentar hoy te da 6 días de margen.
  • Cambia tu base de cotización del RETA para agosto en Importass. 5 minutos y listo. Plazo: hasta el 30 de junio.
⚠️ El lunes 22, el miércoles 24 y el jueves 25 serán los días de mayor saturación del sistema AEAT del año. Si hay una incidencia técnica cuando presentes en el último momento, tendrás muy poco margen para reaccionar. Actúa hoy.
🔗 Seguridad Social — TGSS / AEAT / BOE
18/06/2026 · 08:04

Hoy jueves 18 de junio: quedan solo 4 días hábiles para los modelos mensuales de mayo y 7 para la domiciliación de la Renta 2024

Hoy jueves 18 de junio es el penúltimo día hábil antes de los vencimientos del lunes 22 de junio (modelos 111 y 303 mensual de mayo) y del jueves 25 (domiciliación de la Renta 2024). Si aún no has presentado los modelos ni la declaración, hoy es el día para actuar sin prisas de última hora.

Hoy jueves 18 de junio de 2026 es el penúltimo día hábil antes de los dos primeros grandes vencimientos de final de mes:

Días hábiles restantesFechaVencimiento
2 días hábilesLunes 22 junioModelos 111, 115 y 303 mensual de mayo
5 días hábilesJueves 25 junioÚltimo día domiciliación Renta 2024 (ej. 2024)
8 días hábilesMartes 30 junioCierre definitivo Renta 2024 y cambio base RETA

¿Qué puedes hacer hoy?

1. Presentar los modelos mensuales de mayo — no esperes al lunes 22

El lunes 22 de junio vencen los modelos 111 (retenciones de mayo) y 303 mensual. Ese día el sistema AEAT se saturará enormemente. Si tienes los datos de las nóminas de mayo, presenta los modelos hoy — la AEAT los acepta con días de antelación al vencimiento sin ningún problema.

2. Presentar la Renta 2024 (ejercicio 2024) — si el resultado es a ingresar, la domiciliación cierra el 25

Si aún no has presentado la Renta 2024 (ejercicio 2024) y el resultado va a ser a ingresar, tienes hasta el 25 de junio para domiciliar el pago. Si presentas hoy, el sistema cargará el importe en tu cuenta el 1 de julio, dándote días adicionales de liquidez. Si esperas al 26-30 de junio, tienes que pagar en el momento de presentar.

3. Cambio de base RETA para agosto

Plazo: hasta el 30 de junio. Si no lo has hecho todavía, esta tarde en Importass: 5 minutos y listo.

⚠️ Mañana viernes 19 es el ÚLTIMO día hábil antes del pico de saturación: El lunes 22, el miércoles 24 y el jueves 25 serán los días de mayor saturación del sistema AEAT del año. Todo lo que puedas presentar hoy jueves o mañana viernes evitará problemas técnicos de última hora.
🔗 Seguridad Social — TGSS / AEAT
18/06/2026 · 08:03

Ampliados los municipios afectados por el RDL 5/2026: más autónomos de Andalucía y Extremadura acceden a exoneración de cuotas RETA

El BOE del 13 de junio publicó la Resolución de la Secretaría de Estado de Política Territorial que amplía la lista de municipios afectados por los fenómenos meteorológicos adversos de febrero de 2026 en Andalucía y Extremadura. Los autónomos de los nuevos municipios incorporados pueden solicitar ahora la exoneración de cuotas RETA.

El BOE número 142 del sábado 13 de junio de 2026 publicó la Resolución de 11 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se modifica la de 20 de marzo de 2026, por la que se determinan los municipios y, en su caso, zonas de los municipios afectados, conforme al artículo 7.2 del Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes en respuesta a los daños causados por diversos fenómenos meteorológicos adversos, de especial afectación en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura (BOE-A-2026-12859, 46 páginas).

¿Qué significa esta ampliación para los autónomos?

La lista de municipios afectados determina qué autónomos tienen acceso al paquete de medidas del RDL 5/2026. Con la ampliación publicada el 13 de junio, nuevos municipios de Andalucía y Extremadura quedan incluidos, lo que abre el acceso a estas medidas a sus autónomos:

  • Exoneración de cuotas RETA durante los períodos de inactividad forzosa acreditada.
  • Aplazamiento sin intereses de deudas tributarias con la AEAT.
  • Ayudas directas para reparación de bienes afectos a la actividad económica (artículo 9 RDL 5/2026).
  • Reducción de módulos en estimación objetiva para actividades agrícolas y ganaderas.

¿Cómo saber si tu municipio está incluido?

  • Descarga el PDF completo de la Resolución de 11 de junio (BOE-A-2026-12859, 46 páginas) — contiene el listado completo y actualizado de todos los municipios afectados.
  • Busca tu municipio por nombre o código INE en el anexo de la resolución.
  • Si tu municipio aparece, puedes solicitar las medidas del RDL 5/2026 ante la AEAT y la Seguridad Social.

¿Cómo solicitar la exoneración de cuotas RETA?

  • Accede a Importass.seg-social.es con certificado digital o Cl@ve.
  • Presenta la solicitud indicando el período de inactividad forzosa y aportando documentación acreditativa de los daños (informe pericial, fotografías, declaración del ayuntamiento).
  • La Seguridad Social resolverá en el plazo máximo de un mes desde la solicitud.
⚠️ Plazo para solicitar las ayudas: Las medidas del RDL 5/2026 tienen plazos de solicitud específicos. Algunos ya han vencido para los municipios incluidos en la lista original de marzo. Para los municipios incorporados ahora en junio, el plazo se computa desde la publicación de esta resolución. Actúa con urgencia si tu municipio acaba de quedar incluido.
🔗 BOE núm. 142 — 13 junio 2026, BOE-A-2026-12859
17/06/2026 · 13:19

Quedan 13 días para el cambio de base RETA — última semana con margen holgado antes del cierre del 30 de junio

La quinta ventana de cambio de base de cotización del RETA cierra el 30 de junio. Quedan 13 días y esta semana es la última con margen real para tramitarlo en Importass con calma. Los autónomos que están presentando ahora la Renta 2024 (ejercicio 2024) ya tienen los datos de ingresos reales de 2024 para calibrar mejor su base del segundo semestre.

Quedan 13 días para que cierre la ventana de cambio de base de cotización del RETA con efectos del 1 de agosto de 2026. Plazo: hasta el 30 de junio de 2026. Esta semana del 16 al 19 de junio es la última con margen suficiente para hacer el trámite en Importass con calma, sin la presión de los vencimientos del 22 y 25 de junio.

¿Por qué esta semana y no la próxima?

La semana del 22 al 26 de junio concentra los vencimientos más importantes del año:

  • Lunes 22: vencen los modelos 111 y 303 mensual de mayo.
  • Jueves 25: último día de domiciliación de la Renta 2024.
  • Martes 30: cierre de la Renta 2024 y del cambio de base RETA.

Si dejas el cambio de base para esa semana, lo harás con la presión de los otros vencimientos encima. Hazlo hoy o mañana jueves.

Cómo decidir en 3 preguntas

  • ¿Mis ingresos de 2026 están siendo superiores a los de 2024? → Considera subir la base para estar en el tramo correcto y evitar una regularización alta en 2027.
  • ¿Mis ingresos de 2026 están siendo inferiores a los de 2024? → Considera bajar la base para reducir la cuota mensual.
  • ¿Mis ingresos están siendo similares a 2024 y ya estás en el tramo correcto? → Mantén la base y no hagas nada.
ℹ️ Acceso a Importass: importass.seg-social.es → Cotización → Cambio de base de cotización. El proceso dura menos de 5 minutos con certificado digital o Cl@ve. El cambio surte efecto desde el 1 de agosto automáticamente.
🔗 Seguridad Social — Cotización y Recaudación / Importass