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Agencia Tributaria (AEAT)

IRPF, IVA, Verifactu, declaraciones y obligaciones fiscales.

95 noticias publicadas

20/05/2026 · 16:45

Hoy vence el modelo 111 de abril: lo que debes saber si aún no lo has presentado

Hoy martes 20 de mayo de 2026 es el último día para presentar el modelo 111 (retenciones IRPF de abril) para autónomos con empleados, y el modelo 303 mensual para inscritos en el REDEME. La sede electrónica de la AEAT puede saturarse por la tarde. Presenta antes de las 14:00 para evitar problemas técnicos.

Hoy martes 20 de mayo de 2026 es el último día para presentar sin recargo el modelo 111 (retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas y premios, correspondiente a abril de 2026). También vence el modelo 303 mensual de IVA de abril para autónomos inscritos en el REDEME y el modelo 115 de retenciones de alquileres.

Si todavía no lo has presentado: actúa ahora

La sede electrónica de la AEAT suele saturarse en las horas de la tarde de los días de vencimiento. Si aún no has presentado los modelos, hazlo antes de las 14:00 para evitar problemas técnicos que te impidan presentar a tiempo. Un fallo técnico acreditado puede eximir del recargo, pero el proceso de acreditación es complicado.

Recargos por presentación fuera de plazo

Tiempo transcurrido desde el vencimientoRecargo
Hasta 3 meses5% de la cuota + intereses de demora
Entre 3 y 6 meses10% + intereses
Entre 6 y 12 meses15% + intereses
Más de 12 meses20% + intereses
⚠️ Si tienes un problema técnico hoy con la sede electrónica: Guarda capturas de pantalla del error con fecha y hora. La AEAT tiene habilitado un servicio de incidencias técnicas donde puedes reportar el fallo. Si se acredita el problema técnico de la sede, el recargo puede ser impugnado con éxito.

¿Qué pasa si el modelo te da a devolver o a cero?

Los modelos 111, 115 y 303 con resultado a devolver o cero también deben presentarse en plazo. La no presentación de un modelo con resultado negativo o cero puede generar sanciones por incumplimiento formal de entre 150 y 400 € por modelo, aunque no haya cuota a ingresar.

Próximos vencimientos en junio

  • 25 de junio: último día para presentar la Renta 2024 con domiciliación bancaria del pago.
  • 30 de junio: cierre definitivo de la campaña de la Renta 2024.
  • 20 de julio: vencimiento modelos 303, 130, 131 y 349 del segundo trimestre.
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18/05/2026 · 09:57

Mañana vence el plazo del modelo 111 y 303 mensual: autónomos con empleados deben presentarlo antes del 20 de mayo

Mañana miércoles 20 de mayo de 2026 vence el plazo para presentar el modelo 111 (retenciones IRPF de abril) para autónomos con empleados y el modelo 303 mensual para los inscritos en el REDEME. El retraso conlleva recargos automáticos del 5% al 20% más intereses de demora. Esta es la última jornada para prepararlo.

Mañana miércoles 20 de mayo de 2026 vence el plazo para presentar dos modelos tributarios que afectan directamente a autónomos con empleados y a los inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME). Es el último día hábil para presentar sin recargo las declaraciones correspondientes al mes de abril de 2026.

Modelos con vencimiento el 20 de mayo de 2026

ModeloContenido¿A quién afecta?
Modelo 111Retenciones e ingresos a cuenta — rendimientos del trabajo, actividades económicas y premios (abril 2026)Autónomos con empleados o que paguen honorarios con retención
Modelo 115Retenciones e ingresos a cuenta — rentas de capital inmobiliario (abril 2026)Autónomos que pagan alquiler de local o nave con retención
Modelo 303IVA — autoliquidación mensual (abril 2026)Solo autónomos en REDEME o grandes empresas (>6M€)
Modelo 130Pago fraccionado IRPF — NO vence hoyEl próximo vencimiento trimestral es el 20 de julio
⚠️ Recargos por presentación fuera de plazo: Si presentas el modelo 111 después del 20 de mayo sin requerimiento previo de Hacienda, se aplican recargos automáticos: 5% si lo presentas antes de 3 meses, 10% entre 3 y 6 meses, 15% entre 6 y 12 meses, y 20% después de 12 meses. Más intereses de demora en todos los casos.

Cómo presentar el modelo 111 hoy

  • Desde la sede electrónica de la AEAT con certificado digital, Cl@ve o número de referencia.
  • A través de tu gestoría mediante el Sistema RED.
  • Con la app "Agencia Tributaria" para modelos sencillos.

¿Cuánto debes ingresar en el modelo 111?

El importe a ingresar es la suma de las retenciones de IRPF practicadas en las nóminas de abril de todos tus trabajadores. El tipo general de retención varía según el salario y situación personal de cada trabajador, pero la media habitual para trabajadores con salario próximo al SMI suele estar entre el 2% y el 15%.

ℹ️ Si el resultado del modelo 111 es cero: También debes presentarlo, aunque no tengas retenciones que ingresar. La no presentación de un modelo con resultado cero también puede generar sanciones por incumplimiento formal.
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18/05/2026 · 09:56

AEAT y la DGT firman adenda de modificación de convenio de intercambio de datos: más cruce de información sobre vehículos de autónomos

El BOE del 20 de abril publicó la Resolución de 10 de abril de 2026 de la AEAT por la que se modifica el convenio con la DGT para intercambio de información y lucha contra el fraude. El cruce de datos de vehículos, titularidades y transmisiones refuerza la capacidad de Hacienda para verificar la deducción de vehículos por autónomos.

El BOE del 20 de abril de 2026 publicó la Resolución de 10 de abril de 2026 de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda (BOE-A-2026-8676), por la que se publica la adenda de modificación del convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico (DGT), sobre intercambio de información y colaboración en la prevención y lucha contra el fraude fiscal.

¿Qué datos cruza la AEAT con la DGT?

El convenio actualizado permite a la AEAT acceder de forma automática y periódica a la información que la DGT dispone sobre:

  • Titularidad de vehículos: matrícula, titular, fecha de adquisición y transmisión.
  • Valor de los vehículos: para contrastar con las transmisiones patrimoniales declaradas.
  • Historial de titulares: para detectar transmisiones no declaradas o declaradas por valor inferior al de mercado.
  • Vehículos dados de baja: para cruzar con deducciones declaradas en ejercicios anteriores.

¿Por qué es relevante para los autónomos?

Los vehículos son uno de los gastos deducibles más frecuentemente inspeccionados por la AEAT en las declaraciones de autónomos. La deducción de vehículos en IRPF e IVA está sujeta a estrictos requisitos:

  • IRPF: solo son deducibles al 100% los vehículos afectos exclusivamente a la actividad. En la práctica, Hacienda presume que los vehículos de uso mixto (trabajo y privado) solo son deducibles al 50%, salvo prueba en contrario.
  • IVA: las cuotas soportadas en la adquisición y mantenimiento de vehículos solo son deducibles al 50%, salvo que se acredite un porcentaje de afección superior.
⚠️ Con el cruce de datos DGT-AEAT activo: Hacienda puede comprobar que el vehículo que declaras como afecto a tu actividad coincide con el vehículo registrado a tu nombre en la DGT, con su valor real de mercado y con su historial de uso. Las incoherencias entre los datos declarados y los de la DGT son motivo de inicio de procedimiento de comprobación.

Cómo justificar correctamente la deducción de un vehículo

  • Mantén un registro de kilometraje diario con fecha, origen, destino y finalidad del desplazamiento.
  • Conserva las facturas de todos los gastos del vehículo: combustible, seguro, reparaciones, ITV.
  • Si el vehículo es de uso mixto, consulta con tu gestoría el porcentaje de afección que es defendible en tu caso concreto.
🔗 BOE — Resolución de 10 de abril de 2026, BOE-A-2026-8676 📄 Ver esta noticia en su propia página
16/05/2026 · 15:23

20 de mayo: fecha límite para el IVA y retenciones de abril — autónomos con liquidación mensual deben presentar hoy

El próximo miércoles 20 de mayo vence el plazo para presentar el modelo 303 (IVA mensual de abril) y el modelo 111 (retenciones IRPF de abril) para los autónomos obligados a liquidación mensual. Si estás en el Registro de Devolución Mensual (REDEME) o tienes empleados, este plazo te afecta directamente.

El miércoles 20 de mayo de 2026 es una fecha clave para un colectivo específico de autónomos: los que están obligados a presentar declaraciones de IVA y retenciones de forma mensual en lugar de trimestral. Si te afecta, tienes solo 4 días hábiles desde hoy para preparar y presentar los modelos.

¿Quién está obligado a declaración mensual de IVA?

La liquidación mensual del IVA (modelo 303 mensual) es obligatoria para:

  • Autónomos y empresas inscritos en el Registro de Devolución Mensual (REDEME).
  • Empresas con volumen de operaciones superior a 6 millones de euros en el año anterior (grandes empresas).
  • Autónomos pertenecientes a grupos de IVA.

La mayoría de autónomos liquida el IVA de forma trimestral (modelos 303 del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero). Si no estás en el REDEME, tu próximo vencimiento trimestral es el 20 de julio de 2026.

Modelos con plazo el 20 de mayo para autónomos con empleados

ModeloContenido¿A quién afecta?
Modelo 111Retenciones e ingresos a cuenta — rendimientos del trabajo y actividades económicas (abril)Autónomos con empleados o que reciben retenciones
Modelo 115Retenciones e ingresos a cuenta — rentas o rendimientos del capital inmobiliario (abril)Autónomos que pagan alquiler de local afecto a la actividad
Modelo 123Retenciones e ingresos a cuenta — rendimientos del capital mobiliario (abril)Autónomos que pagan dividendos o intereses sujetos a retención
Modelo 303IVA — autoliquidación mensual (abril)Solo autónomos en REDEME o grandes empresas
⚠️ Si tienes empleados: el modelo 111 de abril vence el 20 de mayo sin excepción. Este modelo recoge las retenciones de IRPF practicadas en las nóminas de tus trabajadores durante el mes de abril. El retraso en su presentación conlleva recargos del 5% al 20% más intereses de demora.

Cómo presentar los modelos

  • Desde la sede electrónica de la AEAT con certificado digital, Cl@ve o número de referencia.
  • A través de tu gestoría o asesoría fiscal mediante el Sistema RED.
  • Con la app "Agencia Tributaria" para modelos sencillos.
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16/05/2026 · 15:22

Precios del tabaco actualizados hoy en el BOE: lo que deben saber los autónomos del sector estancos y distribución

El BOE de hoy sábado 16 de mayo publica la Resolución de 14 de mayo de 2026 del Comisionado para el Mercado de Tabacos con los nuevos precios de venta al público en expendedurías. Los autónomos titulares de estancos y distribuidores deben actualizar sus sistemas de caja y TPV desde la entrada en vigor.

El BOE número 119 del sábado 16 de mayo de 2026 publica, como disposición destacada del día, la Resolución de 14 de mayo de 2026 de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos (BOE-A-2026-10608, 5 páginas), por la que se actualizan los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en expendedurías de tabaco y timbre del área del Monopolio.

¿A qué autónomos afecta esta resolución?

Esta actualización de precios afecta directamente a los autónomos y pequeños empresarios que operan en el sector del tabaco en España:

  • Titulares de expendedurías de tabaco y timbre (estancos): deben actualizar los precios de venta al público en sus sistemas de caja, TPV y etiquetado de productos desde la fecha de entrada en vigor.
  • Distribuidores mayoristas de tabaco: los precios de cesión al estanco cambian proporcionalmente.
  • Puntos de venta autorizados en determinadas zonas y establecimientos especiales.

¿Qué es el Monopolio del Tabaco en España?

El monopolio estatal del tabaco en España se gestiona a través del Comisionado para el Mercado de Tabacos, adscrito al Ministerio de Hacienda. Regula:

  • Los precios de venta al público de todas las labores de tabaco.
  • La red de expendedurías autorizadas (los estancos).
  • Las condiciones de acceso y renovación de las concesiones de estanco.
  • La distribución mayorista en régimen de exclusividad zonal.

Implicaciones fiscales para autónomos estanqueros

Los titulares de estancos son autónomos con un régimen fiscal particular:

  • Tributan en estimación directa (simplificada o normal) por los rendimientos netos de la actividad.
  • El tabaco tiene un régimen especial de Impuesto sobre las Labores del Tabaco que se liquida a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
  • Las actualizaciones de precios publicadas en el BOE afectan directamente al cálculo de sus ingresos brutos y, por tanto, a sus obligaciones trimestrales de IRPF (modelo 130) e IVA (modelo 303).
ℹ️ Cómo consultar los nuevos precios: El listado completo de precios actualizados está disponible en el PDF de la resolución, accesible en BOE-A-2026-10608, y en la sede electrónica del Comisionado para el Mercado de Tabacos.
🔗 BOE núm. 119 — 16 mayo 2026, BOE-A-2026-10608 📄 Ver esta noticia en su propia página
15/05/2026 · 23:09

Autónomos en módulos 2026: estas son las actividades que pueden renunciar al sistema y pasarse a estimación directa

La AEAT recuerda que el plazo para renunciar al régimen de módulos (estimación objetiva) y pasarse a estimación directa simplificada fue el 31 de enero de 2026. Pero hay una segunda oportunidad: si presentas el primer pago fraccionado en estimación directa, Hacienda lo entiende como renuncia tácita. Te explicamos qué implica el cambio.

El sistema de estimación objetiva (módulos) permite a determinados autónomos calcular su IRPF y, en algunos casos, su IVA de forma simplificada, sin necesidad de llevar una contabilidad detallada de ingresos y gastos reales. Sin embargo, la AEAT actualiza cada año los límites y actividades incluidas, y muchos autónomos no saben que pueden salir del sistema o que ya han quedado excluidos automáticamente.

¿Quién puede estar en módulos en 2026?

Para poder aplicar estimación objetiva en 2026, se deben cumplir simultáneamente estos límites:

LímiteImporte 2026
Volumen de rendimientos íntegros del conjunto de actividadesMáximo 250.000 €/año
Volumen de rendimientos de actividades agrícolas, ganaderas y forestalesMáximo 250.000 €/año
Volumen de compras de bienes y servicios (excl. inmovilizado)Máximo 250.000 €/año
Operaciones con un solo destinatario del total de ingresosMáximo 125.000 €/año

¿Cómo se renuncia al sistema de módulos?

Existen dos vías para salir de módulos y pasarse a estimación directa simplificada:

  • Renuncia expresa: presentando el modelo 036 o 037 antes del 31 de enero del año en que quieres aplicar estimación directa. Para 2026 el plazo ya ha pasado.
  • Renuncia tácita: presentando el primer pago fraccionado del año (modelo 130) calculado en estimación directa. Hacienda lo entiende como renuncia al sistema de módulos para ese año.
ℹ️ La renuncia tiene una vigencia mínima de 3 años. Si renuncias a módulos en 2026, no podrás volver al sistema hasta 2029 como mínimo (y siempre que cumplas los requisitos en ese momento).

¿Cuándo puede interesar salir de módulos?

  • Cuando tus gastos reales son elevados y no se reflejan en los módulos (ej: alquileres altos, mucho personal, inversiones en maquinaria).
  • Cuando tus ingresos reales son bajos y el módulo te hace tributar más de lo que deberías.
  • Cuando quieres deducir gastos específicos que no están contemplados en el sistema de módulos.
⚠️ Exclusión automática de módulos: Si en 2025 superaste cualquiera de los límites de la tabla anterior, quedas excluido automáticamente de módulos en 2026 y debes tributar en estimación directa simplificada. Revisa tus cifras de 2025 con tu gestoría.
🔗 AEAT — Estimación Objetiva (Módulos) 2026 📄 Ver esta noticia en su propia página
15/05/2026 · 23:08

Renta 2024: esta semana arranca la atención presencial con cita en oficinas de la AEAT — qué necesitas llevar

Desde el 3 de junio arranca la atención presencial en oficinas de la AEAT para la Renta 2024, pero las citas ya pueden solicitarse ahora. Los autónomos en módulos podrán ser atendidos por teléfono desde el 6 de mayo. Te explicamos qué documentación necesitas llevar y cómo pedir cita.

La campaña de la Renta 2024 entra en su segunda fase. Tras el inicio de la presentación por internet (desde el 2 de abril) y la atención telefónica (desde el 6 de mayo), la Agencia Tributaria abre las oficinas presenciales a partir del 3 de junio de 2026. Las citas para atención presencial pueden solicitarse desde ahora mismo.

Canales de atención disponibles en mayo 2026

CanalDisponible desdeQuién puede usarlo
Internet (Renta Web)2 abril 2026Todos los contribuyentes
Teléfono (Plan Le Llamamos)6 mayo 2026Autónomos en módulos y asalariados
Presencial con cita3 junio 2026Todos (requiere cita previa)
⚠️ Importante para autónomos en estimación directa: La atención telefónica del "Plan Le Llamamos" no está disponible para autónomos en estimación directa normal o simplificada. Si tienes actividad económica en estos regímenes, debes presentar la declaración por internet o solicitar cita presencial para junio.

Documentación que debes llevar a la cita presencial

  • DNI o NIE en vigor.
  • Número de referencia, Cl@ve o certificado digital para acceder al borrador.
  • IBAN de la cuenta bancaria donde quieres recibir la devolución o cargar el pago.
  • Datos de todos los ingresos de actividad económica: facturas emitidas, modelos 130 y 303 presentados.
  • Gastos deducibles con justificantes: cuotas RETA, alquiler del local, suministros afectos, amortizaciones.
  • Si tienes empleados: nóminas e impreso de retenciones (modelo 190).
  • Certificados de retenciones de clientes que te hayan practicado retención (modelo 180).

Cómo pedir cita presencial ahora

  • Desde la sede electrónica de la AEAT: Inicio → Renta 2024 → Solicitar cita.
  • Llamando al 91 535 73 26 o al 901 200 351.
  • A través de la app "Agencia Tributaria" disponible para iOS y Android.
ℹ️ Fechas clave que no puedes olvidar: Presentación general hasta el 30 de junio. Si domicilias el pago (resultado a ingresar), el plazo se cierra el 25 de junio. Si quieres fraccionar el pago en dos plazos (60% en junio y 40% en noviembre), márcalo en la declaración al presentarla.
🔗 AEAT — Campaña de la Renta 2024 📄 Ver esta noticia en su propia página
14/05/2026 · 21:49

Artistas autónomos en el RETA: cotización durante inactividad al 0,90% sobre base de contingencias comunes desde enero 2026

La Orden de Cotización 2026 confirma que los artistas autónomos del RETA deben cotizar durante sus períodos de inactividad aplicando el tipo del 0,90% sobre la base de cotización por contingencias comunes, íntegramente a cargo del trabajador. Esta cotización mantiene la cobertura y acumula derechos de prestaciones.

La Orden de Cotización 2026 confirma en su articulado que los trabajadores autónomos incluidos en el Sistema Especial para Artistas del RETA deben cotizar durante los períodos de inactividad aplicando el tipo del 0,90% sobre la base de cotización por contingencias comunes, con cargo exclusivo al trabajador. Esta obligación está vigente desde el 1 de enero de 2026.

¿Qué es la cotización durante la inactividad?

El Sistema Especial para Artistas reconoce la naturaleza intermitente del trabajo en el sector cultural. Cuando un artista autónomo no tiene actividad declarada —entre contratos, entre temporadas o entre proyectos— sigue estando dado de alta en el RETA y debe mantener una cotización mínima. Esta cotización:

  • Mantiene activa la cobertura de asistencia sanitaria.
  • Acumula períodos cotizados para prestaciones futuras (jubilación, incapacidad permanente).
  • Evita lagunas de cotización que pueden reducir significativamente la futura pensión.

¿Cuánto se paga durante la inactividad?

ConceptoTipoA cargo deBase aplicable
Cotización adicional inactividad0,90%Trabajador (100%)Base cotización contingencias comunes

Ejemplo: con una base de cotización de 526,14 €/mes (base fija para artistas con ingresos ≤3.000 €/año), la cuota mensual durante inactividad sería de aproximadamente 4,74 €/mes.

Diferencia entre período activo e inactivo

SituaciónCotizaciónCobertura
Período activo (con actividad artística)Cuota completa RETA según base y tramoTodas las contingencias
Período inactivo (sin actividad)0,90% sobre base CC — solo trabajadorMantenimiento de alta y acumulación de períodos
ℹ️ Gestión práctica: La transición entre período activo e inactivo se comunica a la Seguridad Social. Es fundamental llevar un control preciso de los períodos de actividad e inactividad para evitar cotizaciones incorrectas y posibles reclamaciones posteriores. Consulta con tu gestoría si tienes dudas sobre tu situación.
🔗 Orden PJC/297/2026 — BOE 31 marzo / Seguridad Social 📄 Ver esta noticia en su propia página
14/05/2026 · 21:49

Hacienda convoca oposiciones al Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública: más inspectores de patrimonio inmobiliario

El BOE de hoy 14 de mayo publica la Resolución de 11 de mayo de 2026 que habilita la realización descentralizada del proceso selectivo para el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública. Más arquitectos tributarios implica mayor capacidad de inspección del patrimonio inmobiliario declarado por autónomos y empresas.

El BOE número 117 del jueves 14 de mayo de 2026 publica la Resolución de 11 de mayo de 2026 de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda, por la que se habilita la opción de realización descentralizada de parte del proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública, convocado por Resolución de 29 de diciembre de 2025. El mismo BOE publica una resolución idéntica para el Cuerpo de Arquitectos Técnicos al Servicio de la Hacienda Pública.

¿Qué hace el Cuerpo de Arquitectos de la Hacienda Pública?

Este cuerpo especializado de la AEAT se encarga de:

  • Valoración técnica de inmuebles para la comprobación de valores declarados en transmisiones patrimoniales, herencias y donaciones.
  • Inspección de obras y construcciones cuando hay discrepancia entre el valor declarado y el valor de mercado.
  • Peritaje técnico en procedimientos de inspección tributaria con componente inmobiliaria.
  • Apoyo a la Inspección de los Tributos en casos que involucren bienes inmuebles.

¿Por qué importa esto a los autónomos?

Los autónomos con actividad vinculada a inmuebles —promotores, constructores, agentes inmobiliarios, arquitectos, arrendadores— son uno de los colectivos con mayor riesgo de discrepancia de valores entre lo declarado y lo comprobado por Hacienda. Un mayor número de arquitectos tributarios implica:

  • Mayor capacidad para detectar operaciones inmobiliarias con valores declarados por debajo del mercado.
  • Más inspecciones en el sector de la construcción y promoción inmobiliaria.
  • Mayor vigilancia sobre la deducción de gastos de local o vivienda habitual en la declaración de autónomos.
⚠️ Si deduces el local de tu actividad: Asegúrate de que la superficie afecta a la actividad esté correctamente justificada y sea coherente con los metros cuadrados declarados en el Catastro. Hacienda puede cruzar estos datos de forma automática.
🔗 BOE núm. 117 — 14 mayo 2026, Resolución de 11 de mayo de 2026 📄 Ver esta noticia en su propia página
13/05/2026 · 13:44

Hacienda licita hoy en el BOE servicio de análisis radiológico en Aduanas del Aeropuerto de Barajas

El BOE de hoy 13 de mayo publica la licitación de la AEAT para el servicio de análisis y valoración de imágenes radiológicas en la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. Oportunidad de contrato público para autónomos y empresas del sector técnico-aduanero.

El BOE número 116 del miércoles 13 de mayo de 2026 publica en su sección V-A de Contratación del Sector Público una nueva licitación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT): el servicio de análisis y valoración de imágenes radiológicas en la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales de Madrid en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, dependiente de la Delegación Especial de la AEAT de Madrid.

¿Qué es este servicio?

El servicio consiste en el análisis técnico de las imágenes obtenidas por los escáneres de rayos X que la Aduana utiliza para inspeccionar mercancías, equipajes y envíos en el aeropuerto. Se trata de un contrato de servicios con la AEAT que puede ser adjudicado a empresas o profesionales autónomos especializados en radiología industrial, seguridad o técnicas de inspección no intrusiva.

¿Por qué es relevante para autónomos?

Esta licitación es un ejemplo de las oportunidades de contratación pública que publica la AEAT regularmente. Los autónomos y pequeñas empresas que operen en sectores técnicos, de seguridad, informática, formación o servicios auxiliares pueden optar a contratos públicos con la Administración:

  • Contratos de servicios técnicos y de inspección.
  • Suministro de equipos y materiales.
  • Servicios de formación y consultoría.
  • Asistencia técnica y apoyo administrativo.

¿Cómo acceder a las licitaciones de la AEAT?

  • Consulta diariamente la sección V-A del BOE en boe.es.
  • Regístrate en la Plataforma de Contratación del Sector Público en contrataciondelestado.es para recibir alertas de nuevas licitaciones.
  • Asegúrate de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito imprescindible para cualquier contrato público.
ℹ️ Consejo práctico: Las licitaciones menores (contratos por debajo de 15.000 € sin IVA para servicios) no requieren procedimiento abierto y pueden adjudicarse directamente a autónomos. La AEAT adjudica regularmente este tipo de contratos.
🔗 BOE núm. 116 — 13 mayo 2026, sección V-A Contratación del Sector Público 📄 Ver esta noticia en su propia página