Miles de empresas están pagando de más en sus cuotas de accidentes de trabajo sin saberlo: el motivo es un código que nadie actualizó
📅 03/09/2026 · 04:50
Un cambio de clasificación que ha pasado casi desapercibido
El Real Decreto 10/2025, de 14 de enero, aprobó la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas, conocida como CNAE-2025, que sustituye a la CNAE-2009 vigente desde hacía más de quince años. El cambio no era solo administrativo: el código CNAE es la referencia que utiliza la Tesorería General de la Seguridad Social para determinar la tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que paga cada empresa, en función del nivel de riesgo asociado a su actividad. El plazo inicial para comunicar la equivalencia entre el código antiguo y el nuevo terminó el 30 de junio de 2025, y desde entonces la obligación sigue vigente para cualquier empresa que todavía no lo haya hecho.
La sanción silenciosa: el tipo más alto de cotización, sin previo aviso
Aquí está el problema que sigue afectando a numerosas empresas sin que muchas se hayan dado cuenta: la disposición transitoria 45ª de la Ley General de la Seguridad Social establece que, si la empresa no ha comunicado su código CNAE-2025, la TGSS aplica automáticamente, desde enero de 2026, el tipo de cotización más alto de entre todos los posibles que correspondan a su antiguo código CNAE-2009. En la práctica, esto significa que una empresa con una actividad de riesgo bajo puede estar pagando, mes tras mes, la cuota de accidentes de trabajo correspondiente a la actividad de mayor riesgo dentro de su mismo grupo, sin haber recibido ninguna notificación específica de ese sobrecoste.
Sin efecto retroactivo: lo que se paga de más, no se recupera solo
La corrección de este problema tiene un matiz importante que conviene conocer: cuando la empresa finalmente comunica su código CNAE-2025 correcto, el cambio solo surte efectos a partir del periodo de liquidación del mes siguiente a la comunicación, sin ningún tipo de retroactividad sobre las cuotas ya ingresadas de más. Es decir, cada mes de retraso en actualizar el código es, literalmente, dinero que la empresa no podrá recuperar después. Esto convierte a septiembre en un mes especialmente indicado para revisar la situación, antes de que se acumulen más meses de sobrecoste evitable.
Cómo comprobar en cinco minutos si tu empresa está afectada
El trámite de comprobación es sencillo y puede hacerse desde el portal Importass o el Sistema RED: basta con consultar el código de actividad económica que consta actualmente en cada código cuenta de cotización y compararlo con el cuadro de equivalencias entre CNAE-2009 y CNAE-2025 publicado por el Instituto Nacional de Estadística. Si la empresa comprueba que sigue figurando con un código antiguo sin actualizar, puede realizar la comunicación de inmediato a través de Importass, sin necesidad de tramitarlo en una oficina física. Para empresas con varios códigos cuenta de cotización o con actividades mixtas, la recomendación de los graduados sociales es revisar cada uno de ellos por separado, ya que el error puede afectar a unos centros de trabajo y no a otros dentro de la misma empresa.