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Si eres viuda o viudo, mayor de 65 años y no tienes otros ingresos, puede que te corresponda el 60% de la pensión y no el 52% que estás cobrando

📅 09/09/2026 · 22:26

Un porcentaje mejorado que no todo el mundo conoce

La pensión de viudedad se calcula, con carácter general, aplicando el 52% sobre la base reguladora de la persona fallecida. Sin embargo, la Ley General de la Seguridad Social contempla un porcentaje mejorado del 60% para quienes cumplen una serie de requisitos adicionales, un cambio que puede suponer una diferencia mensual considerable y que, en la práctica, no siempre llega a aplicarse de oficio a todas las personas que tendrían derecho a él.

Los tres requisitos que hay que cumplir a la vez

Para acceder al 60% es necesario acreditar simultáneamente tres condiciones: tener 65 años o más, no tener derecho a otra pensión pública, ya sea española o extranjera, y no percibir ingresos propios —por trabajo, capital, actividades económicas o prestaciones distintas— que superen el límite establecido para el reconocimiento de complementos por mínimos. El requisito de ingresos incluye cualquier fuente: salarios, rendimientos de alquileres, intereses bancarios, dividendos o ganancias patrimoniales, que se suman a efectos de comprobar que no se supera el tope anual fijado.

Un ejemplo que ilustra la diferencia económica real

Para dimensionar el impacto: una persona viuda de 70 años, sin trabajo ni otros ingresos significativos, cuyo cónyuge fallecido tenía una base reguladora de 1.500 euros mensuales, cobraría con el porcentaje general 780 euros al mes —el 52% de esa base—. Si cumple los tres requisitos del porcentaje mejorado, la pensión sube hasta los 900 euros mensuales, al aplicarse el 60% sobre la misma base reguladora: una diferencia de 120 euros cada mes, 1.680 euros al año, que en muchos casos supone la principal fuente de ingresos de la persona beneficiaria.

Cómo comprobar si te corresponde y cómo solicitarlo

El porcentaje mejorado no siempre se aplica de forma automática, especialmente en casos donde la situación económica de la persona beneficiaria ha cambiado con el tiempo —por ejemplo, tras dejar de trabajar o cumplir los 65 años después de haber empezado a cobrar la pensión con el porcentaje general—. Quien crea que puede cumplir estos requisitos y no tiene reconocido el 60% debe solicitar la revisión de su pensión a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o pidiendo cita presencial en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), aportando la documentación que acredite tanto la ausencia de otras pensiones como el nivel de ingresos anuales. Es importante recordar además que cualquier cambio posterior de situación —empezar a trabajar, recibir una herencia con ingresos asociados— debe comunicarse al INSS, ya que podría hacer perder el derecho al porcentaje mejorado.

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