El BOE aprueba el primer reglamento de accesibilidad cognitiva de España: lenguaje claro y lectura fácil, obligatorios desde enero de 2027
📅 04/09/2026 · 21:47
Un derecho reconocido en 2022 que por fin tiene reglamento
El BOE de este mismo jueves, 3 de septiembre de 2026, publica el Real Decreto 707/2026, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva, aprobado en el Consejo de Ministros del día anterior. La norma desarrolla un mandato que llevaba pendiente desde 2022: fue la Ley 6/2022, de 31 de marzo, la que modificó la Ley General de derechos de las personas con discapacidad para establecer la accesibilidad cognitiva como un derecho autónomo, encomendando al Gobierno la aprobación de un reglamento de desarrollo que ahora, más de cuatro años después, finalmente ve la luz.
Qué es la accesibilidad cognitiva y a quién beneficia
La accesibilidad cognitiva se define como la posibilidad de comprender la información del entorno y de comunicarse e interactuar con él sin discriminación, y beneficia de forma directa a las personas con discapacidad intelectual, autismo, daño cerebral, o dificultades cognitivas derivadas de la edad, aunque en la práctica facilita la vida a cualquier persona que se enfrente a trámites administrativos o información compleja. El reglamento distingue tres tipos de herramientas: los recursos de información y comunicación, como el lenguaje claro, la lectura fácil o la comunicación aumentativa y alternativa; los recursos de orientación en espacios físicos; y los recursos de apoyo a la toma de decisiones.
Centros sanitarios, impresos administrativos y voto accesible
La norma presta especial atención a los centros de asistencia sanitaria y veterinaria, incluidos los relacionados con la salud sexual y reproductiva, que deberán adaptar su información para garantizar la comprensión efectiva por parte de pacientes con dificultades cognitivas. También modifica los requisitos que deben cumplir los documentos e impresos administrativos destinados a ser rellenados por la ciudadanía —con espacios apropiados, buen contraste y instrucciones claras y concisas—, y actualiza el procedimiento de voto accesible para personas con discapacidad visual regulado desde 2007. La norma también prevé la creación de un catálogo estatal de pictogramas para la señalización, en un plazo de tres años desde su publicación.
Mínimos comunes, entrada en vigor en 2027 y sin coste adicional
El reglamento fija condiciones mínimas aplicables en todo el territorio español, sin impedir que las comunidades autónomas, Ceuta, Melilla o los ayuntamientos establezcan exigencias adicionales o más exigentes dentro de sus propias competencias. El Real Decreto 707/2026 entrará en vigor el 2 de enero de 2027, dando así un margen de varios meses a las administraciones y entidades afectadas para adaptarse, y la propia norma señala que no implica un incremento del gasto público, ya que se financiará con los créditos ya disponibles. Para las entidades y profesionales de los sectores afectados —sanitario, administrativo, educativo— la recomendación es empezar ya a revisar su documentación e información al público, sin esperar a que se acerque la fecha límite de enero de 2027.