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Facturar en dólares como creador: así tributa el cambio de divisa

📅 29/08/2026 · 20:43

Cobras 2.000 $ de una marca estadounidense por una colaboración, o Twitch te ingresa tus suscripciones del mes directamente en dólares. El dinero no llega a tu cuenta en euros al instante: se queda unos días o unas semanas en tu monedero de Wise, PayPal o Payoneer, y tú lo vas convirtiendo a euros cuando te conviene o cuando lo necesitas. Entre que facturas y que finalmente conviertes ese dinero a euros, el tipo de cambio se ha movido, a veces a tu favor y a veces en tu contra. La pregunta que casi ningún creador se plantea es si esa diferencia tiene alguna implicación fiscal, y la respuesta es que sí, y no es una sola: hay un tipo de cambio concreto que debes usar para tu factura, y además, si mantienes el saldo en divisa extranjera antes de convertirlo, esa conversión posterior puede generar una ganancia o pérdida patrimonial totalmente independiente del ingreso original.

Qué tipo de cambio hay que usar y por qué no es indiferente cuál elijas

Cuando facturas un servicio sujeto a IVA cuya contraprestación está fijada en una moneda distinta del euro, el artículo 79.Once de la Ley 37/1992 del IVA establece que debes aplicar el tipo de cambio vendedor, fijado por el Banco Central Europeo, correspondiente al día del devengo de la operación, es decir, al momento en que prestas el servicio (no al día en que cobras, si ambos no coinciden). Esto aplica con independencia de que la factura acabe llevando IVA español o no: si facturas a una marca de Estados Unidos o del Reino Unido, la operación no lleva IVA por las reglas de localización de servicios ya explicadas en otros artículos de esta sección, pero sigues necesitando un tipo de cambio oficial para reflejar el importe en euros en tu factura y en tus declaraciones.

El error más habitual aquí es usar el tipo de cambio que te ofrece tu banco, PayPal o la propia plataforma en el momento de la conversión, en lugar del tipo de cambio de referencia del día del devengo. PayPal, Wise o cualquier intermediario aplican su propio tipo de cambio, que casi siempre incluye un margen o comisión respecto al tipo oficial, y ese tipo comercial no es el que debe figurar en tu factura ni el que determina el importe que declaras como ingreso de tu actividad. Lo correcto es anotar en la propia factura, junto al importe en la moneda original, el importe convertido a euros aplicando el tipo de cambio oficial del día en que prestaste el servicio, y conservar ese dato como justificante.

Esta misma lógica de convertir a euros según el tipo de cambio del momento del devengo se aplica también, con carácter general, a efectos del IRPF: el artículo 14 de la Ley 35/2006 del IRPF establece el criterio de imputación temporal de los rendimientos de actividades económicas según el devengo (cuando prestas el servicio), no según el cobro. Esto tiene una consecuencia práctica importante para creadores que trabajan con plataformas que pagan con retraso, como ocurre habitualmente con fondos de creadores o programas de afiliación: el ingreso se imputa fiscalmente al momento en que realizaste la actividad que lo genera, valorado en euros según el tipo de cambio de ese momento, no según cuándo ni a qué cambio acabes recibiendo el dinero.

La segunda capa: qué pasa cuando conviertes después el saldo que tenías en dólares

Aquí está la parte que casi nadie tiene en cuenta. Una vez que has declarado tu ingreso en euros según el tipo de cambio del devengo, ese dinero, si lo mantienes en dólares o libras en un monedero como Wise, PayPal o Payoneer en lugar de convertirlo de inmediato, se convierte en un activo que posees con un valor de adquisición ya fijado (el que usaste para declarar el ingreso). Si más adelante decides convertir ese saldo a euros, y el tipo de cambio ha variado entre medias, se genera una segunda operación fiscal, distinta e independiente de la primera: una ganancia o pérdida patrimonial.

Esto lo ha aclarado expresamente la Dirección General de Tributos en la consulta vinculante V1613-25, de 15 de septiembre de 2025: las diferencias de cambio que resultan de convertir una divisa extranjera a euros, fuera del propio devengo de la actividad económica, tributan como ganancia o pérdida patrimonial conforme al artículo 33.1 de la Ley del IRPF, calculada por la diferencia entre el tipo de cambio de la conversión y el tipo de cambio que tenías cuando "adquiriste" esa divisa (en la práctica, cuando la recibiste y la declaraste como ingreso). Esa ganancia o pérdida se integra en la base del ahorro de tu IRPF, con los tipos escalonados que ya se aplican a cualquier ganancia patrimonial (aproximadamente entre el 19% y el 30% en 2026, según el importe), y se imputa al ejercicio en que se produce la conversión, conforme al artículo 14.2.e) de la misma ley, no al ejercicio en que recibiste el ingreso original.

Veámoslo con un ejemplo numérico. Una creadora factura 2.000 $ a una marca estadounidense por una colaboración, prestada el 1 de marzo, cuando el tipo de cambio oficial sitúa el dólar en 0,92 € (2.000 $ = 1.840 €). Ese es el importe que declara como ingreso de su actividad en ese trimestre. En lugar de convertir el dinero de inmediato, lo deja en su cuenta de Wise en dólares, y no lo pasa a euros hasta el 1 de junio, cuando el tipo de cambio ha subido a 0,95 € por dólar: al convertir esos mismos 2.000 $, recibe 1.900 €. La diferencia de 60 € entre los 1.840 € ya declarados y los 1.900 € finalmente convertidos es una ganancia patrimonial que debe declarar en su renta anual, separada del ingreso de actividad económica ya declarado en su momento. Si en cambio el dólar hubiera bajado a 0,88 € el día de la conversión, habría recibido solo 1.760 €, generando una pérdida patrimonial de 80 € que puede compensar, con los límites generales, con otras ganancias patrimoniales del mismo ejercicio o de los cuatro siguientes.

Un matiz importante: si conviertes el dinero a euros el mismo día en que lo facturas o lo cobras (o en un plazo tan corto que el tipo de cambio no se ha movido), no existe diferencia de cambio que declarar, porque el valor de adquisición y el valor de transmisión de esa divisa coinciden. El problema fiscal aparece específicamente cuando mantienes el saldo en divisa extranjera durante un tiempo, algo bastante habitual entre creadores que acumulan ingresos de varias plataformas en dólares antes de hacer una única conversión grande a euros.

Errores comunes sobre el cambio de divisa

"Mientras el dinero esté en dólares en mi cuenta de Wise o PayPal, no tengo que declarar nada." Falso a medias. El ingreso original ya tributó en el momento del devengo, valorado en euros según el tipo de cambio de ese día; lo que no ha tributado todavía es la posible diferencia de cambio, que se genera solo cuando finalmente conviertes ese saldo a euros.

"Puedo usar el tipo de cambio que me ofrece PayPal o mi banco para mi factura, es más práctico." Falso. La normativa del IVA exige aplicar el tipo de cambio de referencia del Banco Central Europeo del día del devengo, no el tipo comercial (con margen incluido) que aplican los intermediarios de pago.

"Si factura y cobro coinciden el mismo día, no tengo que preocuparme por nada de esto." Cierto. Cuando no hay desfase temporal entre el devengo y la conversión a euros, no se genera diferencia de cambio que declarar como ganancia o pérdida patrimonial.

"Si pierdo dinero porque el dólar ha bajado antes de convertirlo, no puedo hacer nada fiscalmente." Falso. Esa pérdida patrimonial es computable y puedes compensarla, con los límites generales aplicables a las pérdidas patrimoniales, con otras ganancias del mismo ejercicio o de los cuatro siguientes.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de cambio debo anotar exactamente en una factura en dólares o libras?

El tipo de cambio vendedor de referencia fijado por el Banco Central Europeo correspondiente al día en que prestaste el servicio (el devengo), no el tipo comercial que te ofrezca tu banco o un intermediario de pago en el momento de la conversión.

¿Tengo que hacer algo si dejo el saldo en dólares en Wise o Payoneer sin convertirlo a euros durante meses?

No hay ninguna obligación de convertirlo, pero conviene que anotes el tipo de cambio y el importe en euros que declaraste como ingreso en su momento, porque lo necesitarás para calcular la ganancia o pérdida patrimonial el día que finalmente lo conviertas.

¿Esto también aplica si mi cliente es un particular extranjero y la factura no lleva IVA?

Sí. La obligación de convertir a euros según el tipo de cambio del devengo, a efectos de tu IRPF, no depende de si la operación lleva IVA o no; aplica a cualquier ingreso de tu actividad facturado en una divisa distinta del euro.

¿Cambia algo si tengo varias monedas distintas en la misma cuenta multidivisa, por ejemplo dólares y libras a la vez?

El criterio de fondo es el mismo para cada divisa por separado: debes poder identificar qué ingresos concretos, a qué tipo de cambio, componen el saldo que mantienes en cada moneda, para calcular correctamente la ganancia o pérdida patrimonial de cada conversión posterior.

¿Debo declarar el saldo en dólares que tengo en una cuenta o monedero en el extranjero?

Si el valor conjunto de tus cuentas, monederos o activos financieros situados fuera de España supera los 50.000 € a 31 de diciembre, puede corresponder presentar el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero, una obligación puramente informativa e independiente de la tributación del ingreso o de la diferencia de cambio ya explicadas.

¿Puedo evitar toda esta complicación convirtiendo siempre el dinero a euros de forma inmediata?

Sí, convertir el importe a euros el mismo día en que lo recibes es la forma más sencilla de evitar que se genere una diferencia de cambio que declarar por separado, aunque no siempre es posible ni conveniente hacerlo así según cómo gestiones tus cobros.

Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado. Si cobras de forma habitual en dólares, libras u otras divisas y mantienes saldos en monederos multidivisa antes de convertirlos, conviene llevar un registro detallado de cada ingreso y su tipo de cambio, y consultar con tu gestor cómo declarar correctamente las diferencias de cambio.

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