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El BOE obliga a justificar cada alquiler de temporada y limita el alquiler por habitaciones desde el 1 de octubre

📅 05/10/2026 · 08:30

Se acaba el alquiler "de temporada" sin justificación

El Boletín Oficial del Estado publicó el 1 de octubre de 2026 el decreto que regula de forma específica los alquileres de temporada, en vigor desde su publicación. A partir de ahora, el propietario debe acreditar una causa real y documentada para alquilar fuera del régimen de vivienda habitual: la norma define la vivienda de temporada como la que cubre "la necesidad de alojamiento cuando el desplazamiento de la residencia habitual responda a una causa justificada y acreditable".

Qué pasa si la causa es falsa

Si el contrato no incluye esa justificación, o la causa alegada resulta ser falsa, el contrato se convierte de forma automática y con efectos retroactivos en un arrendamiento de vivienda habitual, con la protección de cinco años mínimos que este conlleva para el inquilino. La norma añade una cláusula antifraude: si entre las mismas partes y sobre el mismo inmueble se encadenan más de dos contratos de temporada consecutivos, el primero de ellos pasa igualmente a considerarse un arrendamiento indefinido.

Duración, fianza y reparaciones

El contrato de temporada tiene ahora una duración máxima de doce meses y mínima de treinta y un días. El inquilino puede resolverlo a partir del primer mes con solo diez días de preaviso y sin penalización, la fianza adicional queda limitada a una sola mensualidad —frente a las dos habituales en este tipo de contratos hasta ahora— y el propietario queda obligado a atender las reparaciones menores en un plazo de cinco días hábiles.

El alquiler por habitaciones, dentro de la ley de arrendamientos

El decreto somete también el alquiler por habitaciones a las protecciones generales de la legislación de arrendamientos, y fija un límite claro: la suma de las rentas de todas las habitaciones de una vivienda no puede superar lo que costaría alquilar el piso completo en esa misma zona. Las plataformas digitales que no transmitan mensualmente sus datos de reservas a la Administración se enfrentan a sanciones de hasta un millón de euros o el 2% de su facturación anual.

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