El registro horario digital, cada vez más cerca: qué autónomos con trabajadores deben empezar a prepararse
📅 02/10/2026 · 05:10
Un cambio que ya no es solo un anuncio
El Ministerio de Trabajo y Economía Social (MITES) mantiene en tramitación el real decreto que desarrollará la obligación de registro de jornada mediante un sistema digital, accesible y no manipulable, ligado al anteproyecto de ley que reduce la jornada laboral máxima a 37,5 horas semanales. El texto, sometido a consulta pública a través del portal de participación del propio Ministerio, todavía no ha completado su tramitación ni se ha publicado en el BOE, pero ya permite anticipar qué deberá cambiar en los negocios con personal contratado, incluidos los autónomos que son, a su vez, empleadores.
Qué deja de ser válido
Según el borrador remitido a consulta, dejarán de considerarse válidos los registros en papel, las hojas de cálculo rellenadas manualmente y, en su formulación inicial, los sistemas puramente biométricos sin el resto de garantías exigidas. El nuevo sistema deberá permitir el acceso inmediato y remoto al registro por parte del propio trabajador, de su representación legal y de la Inspección de Trabajo, distinguir con claridad las horas ordinarias de las extraordinarias, y conservar los datos durante un mínimo de cuatro años.
A quién afecta, y quién queda fuera
El borrador prevé que la obligación alcance a empresas de cualquier tamaño y a las administraciones públicas, sin el tratamiento diferenciado por plantilla que sí existe en otras obligaciones laborales. Quedarían fuera, de mantenerse el texto conocido hasta ahora, los autónomos sin trabajadores a su cargo y el personal de alta dirección, con matices. Para el autónomo que sí tiene empleados, la obligación aplicaría en los mismos términos que a cualquier otra empresa.
Sanciones que ya se manejan en el borrador
Aunque el texto puede modificarse antes de su aprobación definitiva, la documentación sometida a consulta pública maneja sanciones de hasta 10.000 euros por cada trabajador afectado en caso de incumplimiento, y no por empresa, lo que multiplicaría el riesgo económico cuanto mayor sea la plantilla. El Ministerio no ha fijado todavía una fecha definitiva de entrada en vigor, por lo que lo recomendable para cualquier autónomo con personal a su cargo es seguir la tramitación y no esperar a la publicación final para valorar qué sistema de fichaje usar.