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La Palma consigue prorrogar hasta 2026 su deducción fiscal especial, y los afectados por el volcán tienen hasta el 15 de octubre para pedir otra moratoria hipotecaria

📅 17/09/2026 · 20:24

Una recuperación que sigue necesitando apoyo fiscal, casi cinco años después

El BOE del 9 de septiembre de 2026 publicó el Real Decreto-ley 23/2026, de 8 de septiembre, por el que se adoptan medidas fiscales y financieras urgentes para contribuir a la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma, casi cinco años después de que la erupción del volcán de Cumbre Vieja certificara su fin el 25 de diciembre de 2021. La norma reconoce que, aunque han pasado los años, persisten en la zona consecuencias sociales, económicas y medioambientales derivadas de la erupción, especialmente en los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte.

La deducción que iguala fiscalmente a La Palma con Ceuta y Melilla, un año más

La principal novedad tributaria de la norma es la prórroga, ahora para el periodo impositivo 2026, de una deducción en el IRPF análoga a la que disfrutan los contribuyentes de Ceuta y Melilla, aplicable a quienes tienen su residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma. Esta deducción se viene prorrogando año tras año desde que se estableció, y su renovación constante evidencia que la recuperación fiscal del territorio sigue dependiendo de sucesivos reales decretos-ley, en lugar de contar con un marco estable a más largo plazo.

Una moratoria hipotecaria pensada específicamente para los agricultores afectados

Más allá de lo fiscal, la norma contempla una medida muy concreta y con fecha límite inminente: los deudores de los tres municipios citados, inscritos en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas, cuyos ingresos principales provengan de la agricultura, y que ya hubieran solicitado anteriormente la suspensión de sus obligaciones de pago de préstamos o créditos hipotecarios al amparo del Real Decreto-ley 20/2021, pueden solicitar ahora una nueva suspensión de seis meses, para el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de marzo de 2027. El plazo para presentar esta solicitud termina el 15 de octubre de 2026, por lo que quienes puedan beneficiarse de ella disponen de un margen de tiempo limitado para no perder esta nueva moratoria.

Medidas adicionales para las comunidades autónomas con superávit

El Real Decreto-ley 23/2026 aprovecha además para introducir medidas de otra naturaleza, dirigidas a flexibilizar el marco financiero de las comunidades autónomas que hayan registrado superávits presupuestarios o excesos de financiación pendientes de aplicar de ejercicios anteriores a 2026, permitiendo a estas administraciones destinar esos fondos a la ejecución de nuevas inversiones. Para los contribuyentes y agricultores de La Palma, la recomendación es no dar por sentado que estas ayudas se renuevan de forma automática cada año: conviene revisar cada nueva norma publicada y, en el caso de la moratoria hipotecaria, presentar la solicitud ante la entidad financiera correspondiente antes del 15 de octubre para no perder el derecho a esta nueva suspensión de seis meses.

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