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El descuento fiscal en la gasolina y el gasóleo baja a 5 céntimos en septiembre: así se retira la rebaja aprobada por Hacienda

📅 26/08/2026 · 12:28

Una rebaja fiscal que se apaga por etapas

El BOE del 30 de junio de 2026 publicó el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, que adopta medidas en el marco del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio y que, entre otras cuestiones, regula la retirada progresiva de la rebaja fiscal aplicada al gasóleo de uso general y a las gasolinas sin plomo. La reducción del tipo del Impuesto sobre Hidrocarburos, gestionado por la Agencia Tributaria, se fijó en 15 céntimos de euro por litro en julio, bajó a 10 céntimos en agosto y se reduce a 5 céntimos en septiembre, el último mes en el que se mantiene alguna rebaja antes de la recuperación completa de los tipos ordinarios. Para el resto de productos energéticos incluidos en el impuesto también se aplica una recuperación progresiva de los tipos durante este mismo periodo.

Una cláusula de salvaguarda si sube demasiado el precio

La norma no deja el calendario cerrado a cualquier escenario: prevé una cláusula de salvaguarda que permite aplicar tipos más reducidos en agosto o septiembre si la variación interanual del IPC de la gasolina o del gasóleo supera en más de un 15% el IPC del mismo mes del año anterior. Los propios establecimientos de suministro minorista de carburantes están obligados a dar publicidad adecuada a los precios y a la evolución de estos descuentos, de forma que el consumidor pueda comprobar en el propio surtidor cómo se traslada la rebaja fiscal al precio final.

El aviso menos conocido: la ayuda extraordinaria al gasóleo agrícola

Dentro del mismo paquete normativo, la Agencia Tributaria gestiona también la ayuda extraordinaria y temporal de 20 céntimos por litro para el gasóleo adquirido y destinado exclusivamente a uso agrario, aprobada inicialmente por el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo. Esta ayuda, compatible con la devolución ordinaria del Impuesto sobre Hidrocarburos por gasóleo agrícola (unos 6,37 céntimos por litro), no exige ningún trámite adicional: se incorpora automáticamente a la solicitud de devolución del impuesto que agricultores y ganaderos ya presentan cada año ante la AEAT.

Plazos que conviene tener marcados en el calendario

El plazo general para solicitar la devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo agrícola consumido en 2025 permanece abierto en territorio común hasta el 31 de diciembre de 2026, y puede presentarse a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o mediante organizaciones agrarias con convenio de colaboración, como ASAJA, UPA o COAG. Quienes tengan su domicilio fiscal en País Vasco o Navarra deben tramitarlo, en cambio, ante su Hacienda Foral correspondiente. La recomendación de los asesores fiscales del sector es no dejar pasar el plazo: es, con diferencia, el error más caro y más fácil de evitar de toda la campaña.

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