Ley 2/2026 de Murcia sobre agresiones a personal sanitario: implicaciones para autónomos del sector salud
📅 22/06/2026 · 11:49
El BOE número 144 del sábado 20 de junio de 2026 publicó la Ley 2/2026, de 4 de junio, de la Región de Murcia, sobre infracciones y sanciones administrativas en materia de agresiones a profesionales sanitarios y demás personal de la red sanitaria de utilización pública en el ejercicio de sus funciones (BOE-A-2026-13373, 6 páginas).
¿A qué autónomos sanitarios afecta?
Esta ley autonómica murciana es relevante para los autónomos del sector sanitario que prestan servicios en la red pública de Murcia:
- Médicos y especialistas autónomos con conciertos con el Servicio Murciano de Salud (SMS).
- Fisioterapeutas, logopedas y terapeutas autónomos en centros de salud concertados.
- Farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia integradas en la red pública.
- Psicólogos clínicos autónomos que prestan servicios de salud mental en centros concertados.
¿Qué establece la Ley 2/2026 de Murcia?
La ley crea un régimen específico de infracciones y sanciones administrativas para quienes agredan a profesionales sanitarios en Murcia:
- Infracciones leves: conductas que perturben el normal funcionamiento de los servicios sanitarios — multas de hasta 600 €.
- Infracciones graves: agresiones verbales, amenazas e intimidaciones hacia el personal sanitario — multas de 601 € a 6.000 €.
- Infracciones muy graves: agresiones físicas — multas de 6.001 € a 60.000 €, con posibilidad de prohibición de acceso a centros sanitarios.
Implicaciones para autónomos sanitarios murcianos
- Mayor protección legal: el autónomo sanitario tiene ahora una vía administrativa específica para denunciar agresiones, adicional a la penal.
- Procedimiento de denuncia: la denuncia puede presentarse ante la Consejería de Salud de la Región de Murcia o directamente ante la Inspección Sanitaria.
- Seguro de RC profesional: la existencia de esta ley refuerza la importancia de tener contratado un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra también los daños derivados de agresiones sufridas en el ejercicio de la actividad.