Renta 2024 (ejercicio 2024): quedan 25 días — cómo funciona el borrador de la AEAT y en qué se equivoca siempre con los autónomos
📅 05/06/2026 · 05:08
Quedan 25 días para el cierre de la campaña de la Renta 2024 (declaración del ejercicio fiscal 2024, hasta el 30 de junio de 2026). Si todavía no has presentado la declaración y estás pensando en "confirmar el borrador" tal cual, detente. El borrador de los autónomos es siempre incompleto y en muchos casos incorrecto.
¿Por qué el borrador de la AEAT no sirve para los autónomos?
El borrador que genera la AEAT se alimenta únicamente de la información que terceros han comunicado a Hacienda: retenciones de clientes, datos del Catastro, movimientos financieros declarados por bancos. Lo que la AEAT no conoce y tú debes añadir:
Error 1: El borrador no incluye tus gastos deducibles
La AEAT no sabe cuánto has pagado de alquiler del local, material, suministros, formación, publicidad o cuotas profesionales. Tienes que introducirlos manualmente en el apartado de actividades económicas (casillas del bloque F o H según tu régimen). Sin gastos, tributas sobre ingresos brutos, no sobre el rendimiento neto real.
Error 2: Las cuotas del RETA pueden estar mal imputadas
El borrador incluye las cuotas del RETA que la Seguridad Social ha comunicado a la AEAT. Pero si hubo una regularización de cuotas de 2024, el importe puede no ser el definitivo. Contrasta el importe del borrador con tus recibos reales de cotización y el resultado de la regularización anual.
Error 3: Ingresos de plataformas digitales pueden faltar
Las plataformas digitales (Airbnb, Amazon, Etsy, etc.) comunicaron a la AEAT los ingresos de 2024 en virtud de la Directiva DAC7. Sin embargo, la imputación no siempre es correcta o completa. Contrasta los ingresos del borrador con tus propios registros de cada plataforma.
Error 4: Deducciones autonómicas que el borrador no aplica
Cada Comunidad Autónoma tiene deducciones propias en el IRPF que el borrador de la AEAT no aplica automáticamente. Gastos de guardería, inversión en vivienda habitual, donaciones a entidades locales, gastos de adquisición de libros de texto... Revisa el catálogo de deducciones autonómicas de tu comunidad.
| Elemento | ¿Aparece en el borrador? | ¿Qué debes hacer? |
|---|---|---|
| Ingresos de clientes con retención | ✅ Sí | Verificar importe |
| Gastos deducibles de la actividad | ❌ No | Introducir manualmente |
| Cuotas RETA pagadas | ⚠️ Parcialmente | Contrastar con recibos reales |
| Ingresos de plataformas digitales | ⚠️ Puede faltar | Contrastar con registros propios |
| Deducciones autonómicas | ❌ No | Revisar catálogo autonómico |