AEAT

Asisa amplía su actividad aseguradora: lo que deben saber los autónomos con seguro de salud privado

📅 02/06/2026 · 05:26

El BOE del 29 de mayo de 2026 publicó la Orden ECM/534/2026, de 19 de mayo, de autorización administrativa a Asisa, Asistencia Sanitaria Interprovincial de Seguros, SAU, para ampliar la actividad aseguradora a los ramos de incendio y elementos naturales y pérdidas pecuniarias diversas (BOE-A-2026-11618). La expansión de Asisa es una oportunidad para recordar las reglas fiscales de los seguros de salud privados para autónomos.

¿Cuándo son deducibles las primas de seguro de salud para autónomos?

Las primas de seguro de salud tienen un tratamiento fiscal especial para los autónomos en el IRPF. Existen dos vías de deducción:

Vía 1: Deducción como gasto de actividad económica

Las primas satisfechas por el autónomo para la cobertura de enfermedad propia, del cónyuge o hijos menores de 25 años son deducibles como gasto de la actividad con un límite de 500 € por persona (o 1.500 € si tienen discapacidad reconocida). Condiciones:

  • El seguro debe cubrir exclusivamente la asistencia sanitaria.
  • La deducción aplica tanto si el autónomo está en estimación directa normal como en simplificada.
  • No es necesario que el seguro sea de empresa — un seguro personal del autónomo cumple los requisitos.

Vía 2: Deducción en la base del IRPF por seguros colectivos de dependencia

Si el autónomo tiene contratado un seguro de dependencia, las primas pueden reducir la base imponible del IRPF hasta un límite conjunto con otras aportaciones a sistemas de previsión social.

¿Qué no es deducible?

  • Las primas de seguro de vida (salvo en seguros colectivos específicos).
  • Las primas de seguros de accidentes no relacionados directamente con la actividad.
  • El exceso sobre los límites de 500 € por persona (o 1.500 € con discapacidad).
ℹ️ En la Renta 2024 (ejercicio 2024): si pagaste primas de seguro de salud durante 2024, incluye el importe deducible en el apartado de gastos de actividades económicas. Necesitas la póliza y los recibos de pago como justificación documental.
✅ Fuente oficial: BOE-A-2026-11618 — Orden ECM/534/2026 | Art. 30 Ley IRPF — Gastos deducibles actividades económicas

🔗 BOE núm. 131 — 29 mayo 2026, Orden ECM/534/2026

← Volver a Agencia Tributaria

Más noticias de Agencia Tributaria

AEAT

Influencers, criptomonedas y pisos turísticos: así es la lista de objetivos prioritarios de Hacienda para lo que queda de 2026

El Plan Anual de Control Tributario 2026 de la AEAT, publicado en el BOE en marzo, refuerza la vigilancia sobre economía digital, creadores

08/09/2026
AEAT

Si vendiste tu vivienda comprada antes de 2013 para cancelar la hipoteca, Hacienda podría deberte más de 1.000 euros

El TEAC cambió de criterio en octubre de 2025: ahora permite deducir en el IRPF la cancelación de la hipoteca pagada con el dinero de la ven

04/09/2026
AEAT

¿Sigues esperando la devolución de la Renta? Hacienda tiene hasta el 31 de diciembre, y a partir de ahí te debe intereses

Si tu declaración de la Renta 2025 salió a devolver y todavía no has cobrado, la AEAT tiene de plazo legal hasta el 31 de diciembre de 2026.

03/09/2026
AEAT

La factura electrónica obligatoria entre empresas empieza a contar oficialmente el 1 de octubre: así queda el calendario definitivo

La Orden Ministerial que activa la factura electrónica B2B entra en vigor el 1 de octubre de 2026. Desde ese día se cuentan los plazos: 2027

02/09/2026