El registro horario digital tendrá coste de 867 millones para pymes — cómo deducirlo fiscalmente en IRPF e IVA
📅 27/05/2026 · 03:42
El Consejo de Estado, en su dictamen sobre el Real Decreto del registro horario digital, estimó que el coste de implantación para pymes y autónomos asciende a 867 millones de euros. Es una cifra que ha generado alarma, pero conviene contextualizarla: una parte significativa de ese coste es deducible en el IRPF e IVA de la actividad económica. Aquí te explicamos exactamente cómo.
¿Qué gastos del registro horario son deducibles?
En el IRPF (rendimientos de actividades económicas)
| Tipo de gasto | Tratamiento fiscal IRPF | Documentación necesaria |
|---|---|---|
| Suscripción mensual de software | Gasto corriente — 100% deducible en el año | Factura mensual del proveedor |
| Implantación y configuración | Gasto corriente si <300 €; amortizable si >300 € | Factura del servicio |
| Hardware (terminales, lectores) | Amortizable: coeficiente máximo 25%/año | Factura de compra |
| Formación del personal | Gasto corriente — 100% deducible | Factura del curso o formación |
| Consultoría legal para implantación | Gasto corriente — 100% deducible | Factura de la asesoría |
En el IVA
Las cuotas de IVA soportadas en la adquisición de software, hardware y servicios de implantación son 100% deducibles para autónomos con actividad sujeta y no exenta de IVA. Si la actividad está parcialmente exenta, se aplica la prorrata correspondiente.
Ejemplo de coste neto real para un autónomo con 3 empleados
| Concepto | Coste bruto | Ahorro fiscal (tipo IRPF 25%) | Ahorro IVA (21%) | Coste neto real |
|---|---|---|---|---|
| Software fichaje (anual) | 240 € | 60 € | 50,40 € | 129,60 € |
| Implantación y configuración | 150 € | 37,50 € | 31,50 € | 81 € |
| Terminal de fichaje | 120 € | 30 € (amort. 25%) | 25,20 € | 64,80 € |
| Total primer año | 510 € | 127,50 € | 107,10 € | 275,40 € |
🔗 AEAT — Criterios de deducción de gastos en actividades económicas / Consejo de Estado