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Esta semana: si el Consejo de Ministros del 26 de mayo aprueba el registro horario con 3-6 meses de plazo, así queda el calendario definitivo

📅 25/05/2026 · 05:18

A lunes 25 de mayo de 2026, el escenario más probable para el Real Decreto del registro horario digital es la aprobación en el Consejo de Ministros del martes 26 de mayo con un plazo de adaptación ampliado respecto a los 20 días hábiles del borrador original, fruto del acuerdo negociado con el Ministerio de Economía y las organizaciones empresariales. Quedan 27 días para el tope del 21 de junio.

Calendario exacto según cada escenario de plazo

Si el Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto el martes 26 de mayo y el BOE lo publica el miércoles 27 de mayo:

Plazo de adaptaciónFecha de obligatoriedadDías hábiles disponibles desde hoy
20 días hábiles (borrador actual)23 de junio 2026~18 días hábiles
1 mes natural27 de junio 2026~22 días hábiles
3 meses naturales27 de agosto 2026~65 días hábiles
6 meses naturales27 de noviembre 2026~130 días hábiles
12 meses naturales (propuesta Economía)27 de mayo 2027Sin urgencia

¿Qué plazo es más probable?

Según las fuentes del sector consultadas, el acuerdo más probable es un plazo de 3 meses con posibilidad de prórroga para las empresas de menos de 10 trabajadores. Esto daría:

  • Obligatoriedad desde el 27 de agosto 2026 para empresas de más de 10 empleados.
  • Posible prórroga hasta el 27 de noviembre 2026 para autónomos con menos de 10 trabajadores.

Plan de acción según cada escenario

  • Si el plazo es 20 días hábiles: empieza hoy mismo. Contacta con tres proveedores de software de fichaje esta semana y decide antes del viernes 29.
  • Si el plazo es 3 meses: tienes hasta finales de junio para seleccionar proveedor. Julio y agosto para implantar y formar al personal.
  • Si el plazo es 6 meses: margen amplio. Pero no esperes hasta el último momento — los proveedores se saturarán en los últimos meses.
⚠️ Lo que no cambia independientemente del plazo: el registro horario digital será obligatorio para todos los autónomos con empleados. La sanción por no tenerlo puede llegar a 7.500 € por infracción grave y 10.000 € por trabajador si se falsea el registro. El plazo solo determina cuándo empieza la obligación, no si existe.
✅ Fuente oficial: MITES — Trabajo Autónomo | Plan Anual Normativo 2026 aprobado el 5 de mayo de 2026

🔗 MITES — Plan Anual Normativo 2026

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