Mutualidad General Judicial: nuevo Estatuto aprobado el 20 de mayo — qué deben saber los profesionales jurídicos autónomos
📅 25/05/2026 · 05:17
El BOE número 122 del jueves 21 de mayo de 2026 publicó el Real Decreto 397/2026, de 20 de mayo (BOE-A-2026-10882, 25 páginas), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Mutualidad General Judicial, y por el que se modifica el Reglamento del Mutualismo Judicial, aprobado por el Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio.
¿Qué es la Mutualidad General Judicial?
La Mutualidad General Judicial (MUGEJU) es una mutualidad de previsión social para los funcionarios y profesionales que integran la Administración de Justicia en España. No es lo mismo que las mutualidades de colegios profesionales, pero tiene implicaciones para los autónomos del sector jurídico porque:
- Los procuradores de los tribunales pueden estar adscritos a MUGEJU como alternativa al RETA en determinadas circunstancias.
- Los abogados del turno de oficio que actúan como auxiliares de la Administración de Justicia pueden tener coberturas mixtas.
- El nuevo Estatuto actualiza las prestaciones y coberturas de la mutualidad, lo que puede afectar a los derechos de los profesionales jurídicos que cotizan a ella.
Principales novedades del nuevo Estatuto MUGEJU
- Actualización de las cuantías de las prestaciones por incapacidad, jubilación y fallecimiento.
- Digitalización de los procedimientos de solicitud y gestión de prestaciones.
- Nuevas modalidades de aportación para mutualistas que compaginan su actividad con el RETA.
- Modificación del reglamento del mutualismo judicial para adaptarlo al nuevo marco normativo de las mutualidades de previsión social.
Implicaciones para abogados y procuradores autónomos
Los profesionales jurídicos autónomos deben tener en cuenta que la situación de las mutualidades como alternativa al RETA está en proceso de cambio en 2026:
- El Gobierno está preparando la integración definitiva de los autónomos mutualistas en la Seguridad Social.
- El nuevo Estatuto de MUGEJU es un paso en la dirección de modernizar y reforzar las coberturas de las mutualidades que aún mantienen estatus de alternativa al RETA.
- Los abogados y procuradores que actualmente cotizan a través de su mutualidad deben consultar con su colegio profesional el impacto del proceso de integración en su caso concreto.
🔗 BOE núm. 122 — 21 mayo 2026, Real Decreto 397/2026, BOE-A-2026-10882