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RDL 10/2026 convalidado: exenciones fiscales para autónomos afectados por la DANA — aplazamientos, reducción de módulos y exención del IBI

📅 25/05/2026 · 05:14

La convalidación por el Congreso del Real Decreto-ley 10/2026, de 28 de abril, publicada en el BOE del 22 de mayo (BOE-A-2026-10986), confirma la vigencia de un paquete completo de medidas tributarias de la Agencia Tributaria para autónomos afectados por la DANA de 2024 y otras emergencias reconocidas en 2025 y 2026.

Medidas tributarias del RDL 10/2026 para autónomos

1. Aplazamiento sin intereses de deudas tributarias

Los autónomos de las zonas afectadas pueden solicitar el aplazamiento de sus deudas tributarias con la AEAT sin devengo de intereses durante el período de aplazamiento, siempre que la deuda sea consecuencia directa de los daños sufridos. Esto incluye deudas de IVA, IRPF, retenciones y módulos.

2. Reducción de módulos para actividades agrícolas y ganaderas 2025

El BOE del 18 de mayo publicó la Orden HAC/484/2026, de 14 de mayo, que modifica los índices de rendimiento neto aplicables en estimación objetiva del IRPF para actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales en 2025, incluyendo específicamente las zonas DANA. Esta reducción ya es aplicable en la Renta 2025 que se presentará en 2027.

3. Exención del IBI para inmuebles afectados

Los inmuebles que sufrieron daños por la DANA y otras emergencias quedan exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles durante los ejercicios en que los daños impidan su uso normal. La exención se aplica automáticamente para los inmuebles en los municipios declarados zona afectada, sin necesidad de solicitud individual en la mayoría de los casos.

4. Exención en el IRPF de ayudas recibidas

Las ayudas públicas percibidas por daños personales y materiales derivados de los siniestros DANA están exentas de tributación en el IRPF. Esto incluye las ayudas de la administración central, autonómica y local, así como las indemnizaciones de seguros por daños materiales hasta el valor catastral del bien afectado.

MedidaGestiona¿Automática?
Aplazamiento sin intereses de deudas AEATAEATNo — solicitud expresa
Reducción de módulos agrícolas/ganaderos 2025AEAT (Renta 2025)Sí — se aplica en el cálculo
Exención IBI inmuebles dañadosAyuntamiento / CatastroSí en zonas declaradas
Exención IRPF de ayudas recibidasAEAT (en la declaración)Sí — no se declaran como ingreso
⚠️ Si eres autónomo afectado por la DANA y no has solicitado ninguna de estas medidas: actúa antes del 30 de junio de 2026 (cierre de la Renta 2024). Algunas medidas tienen plazos específicos de solicitud. Consulta con tu gestoría el paquete completo que te corresponde.

🔗 BOE núm. 125 — 22 mayo 2026, BOE-A-2026-10986 / AEAT

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