Si la Inspección te reclasifica de autónomo a asalariado: así rectificas el IRPF según la Agencia Tributaria
📅 03/11/2026 · 10:43
El criterio de la Agencia Tributaria
La Agencia Tributaria, en su sección de novedades INFORMA de septiembre de 2026, aclara qué debe hacer un autónomo cuya relación se recalifica como laboral (por ejemplo, tras una actuación de la Inspección de Trabajo o una sentencia): debe presentar autoliquidaciones rectificativas del IRPF de los ejercicios afectados.
Qué cambia en la declaración
Los ingresos pasan a tributar como rendimientos del trabajo. Los gastos deducibles se limitan a los previstos en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF. Las cuotas de autónomo pagadas indebidamente dejan de ser deducibles, y los intereses de demora que se reciban se integran como ganancia patrimonial.
Por qué importa ahora
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, cifró el 16 de octubre en 148.311 los falsos autónomos regularizados por la Inspección de Trabajo, según la agencia EFE. Cada regularización puede obligar al trabajador, y a veces a la empresa, a corregir declaraciones de años anteriores.
Qué conviene hacer
Si te reclasifican, conserva la resolución o la sentencia, consulta con la Seguridad Social qué ocurre con las cuotas de autónomo ya pagadas y rectifica el IRPF dentro de plazo con tu asesor. Si eres empresa, revisa las retenciones que debiste practicar. Consulta la ficha original en la sede de la AEAT (INFORMA 149605) antes de presentar nada.