La promesa de que la subida del SMI no se "coma" tus pluses sigue sin ley: en qué punto está la reforma que prometió Trabajo en febrero
📅 31/08/2026 · 08:48
Un compromiso que se quedó fuera del decreto del SMI
Cuando el Gobierno y los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, firmaron el 16 de febrero de 2026 el acuerdo para subir el Salario Mínimo Interprofesional un 3,1% hasta los 1.221 euros mensuales, incluyeron un segundo compromiso menos conocido: reformar las reglas de compensación y absorción salarial para que la subida del SMI no acabara neutralizada por la vía de reducir otros complementos de la nómina. Ese compromiso, sin embargo, no se incorporó al Real Decreto 126/2026 que fijó la cuantía del SMI, sino que quedó pendiente de una norma independiente.
Qué pretende cambiar exactamente la reforma pendiente
El 27 de febrero de 2026, el Ministerio de Trabajo sometió a audiencia pública el proyecto de Real Decreto por el que se transpone la Directiva (UE) 2022/2041, sobre salarios mínimos adecuados en la Unión Europea, que además de la transposición europea incorpora la nueva regulación de compensación y absorción prometida a los sindicatos. El texto no elimina por completo este mecanismo, que sigue regulado en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, pero restringe su aplicación: impide que la compensación se proyecte sobre complementos que retribuyen condiciones específicas del puesto —como nocturnidad o peligrosidad—, circunstancias personales del trabajador o resultados vinculados a su desempeño.
Por qué sigue sin ser una ley en vigor
El trámite de audiencia e información pública del proyecto concluyó el 2 de marzo de 2026, y desde entonces el texto ha seguido su recorrido administrativo sin que se haya producido su aprobación definitiva en Consejo de Ministros ni su publicación en el BOE. El Real Decreto 126/2026, que sí fijó la cuantía del SMI para 2026, dejó explícitamente sin resolver esta cuestión, remitiéndola "a otro real decreto-ley de próxima aprobación" que, a día de hoy, sigue sin materializarse. Mientras tanto, las reglas actuales de compensación y absorción del artículo 27.1 del Estatuto de los Trabajadores permanecen vigentes sin modificación.
Qué significa esto en la práctica para quien cobra el SMI
La consecuencia práctica es que, a día de hoy, una empresa todavía puede compensar la subida del SMI absorbiendo determinados complementos salariales cuando el conjunto de retribuciones en cómputo anual iguale o supere el nuevo salario mínimo, exactamente igual que ocurría antes del acuerdo de febrero. Para los trabajadores que sospechen que su nómina no refleja realmente la subida del 3,1% aprobada este año, la recomendación de los sindicatos es revisar el convenio colectivo aplicable, ya que la negociación colectiva puede matizar estas reglas incluso antes de que llegue la reforma estatal, y acudir a la sección sindical de su empresa o a Inspección de Trabajo en caso de duda.