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Venta ambulante y a domicilio: autónomos pueden cotizar por el 77% de la base mínima del tramo 1 en 2026

📅 14/05/2026 · 21:47

La Orden de Cotización 2026 (Orden PJC/297/2026, BOE 31 de marzo) contiene una regla especial, publicada también en el portal oficial de Cotización y Recaudación de la Seguridad Social, que permite a un colectivo específico de autónomos cotizar a una base notablemente inferior: los trabajadores por cuenta propia dedicados a la venta ambulante o a domicilio.

¿A quién se aplica esta regla especial?

Pueden acogerse los autónomos cuya actividad corresponda a los siguientes códigos de la CNAE-2025:

  • 4711, 4712 — Comercio al por menor en establecimientos no especializados.
  • 4721 a 4727 — Comercio al por menor de alimentos, bebidas y tabaco.
  • 4740 — Comercio al por menor de equipos informáticos.
  • 4751 a 4779 — Comercio al por menor de artículos textiles, calzado, muebles, etc.
  • 4782 y 4783 — Comercio en puestos de mercado y venta ambulante.

¿Cuánto pueden cotizar?

Estos autónomos pueden elegir una base de cotización equivalente al 77% de la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida. Teniendo en cuenta que la base mínima del tramo 1 es de 200 € en 2026, el 77% equivale a aproximadamente 154 €/mes de base de cotización, lo que reduce significativamente la cuota mensual respecto a la norma general.

ConceptoBase general tramo 1Base especial venta ambulante
Base de cotización mensual200 €~154 €
Cuota aproximada (×31,20%)~62,40 €/mes~48 €/mes

Regla adicional para cooperativas de venta ambulante

Los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado dedicadas a la venta ambulante que perciban ingresos directamente de los compradores tienen derecho además a una reducción del 50% de la cuota por contingencias comunes, siempre que la base provisional sea de 960,60 € o inferior.

ℹ️ Importante: Esta regla especial no se aplica automáticamente. El autónomo debe solicitarla expresamente al comunicar su base de cotización en Importass. Si no la solicitas, cotizas por la base general de tu tramo.

🔗 Seguridad Social — Cotización y Recaudación / Orden PJC/297/2026

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