Orden de Cotización 2026 confirma: el tipo de cese de actividad del autónomo se fija en el 0,90%
📅 13/05/2026 · 13:43
La Orden de Cotización 2026 (Orden PJC/297/2026, BOE 31 de marzo) confirma que el tipo de cotización por cese de actividad para los autónomos del RETA y del Mar se mantiene en el 0,90% sobre la base de cotización por contingencias comunes. Esta es la prestación que financia el equivalente al paro para trabajadores autónomos.
¿Qué cubre el cese de actividad?
- Prestación económica equivalente al 70% de la base reguladora durante el tiempo cotizado (entre 4 y 24 meses).
- Cotización a la Seguridad Social durante el período de percepción de la prestación (el SEPE abona la cuota).
- Formación profesional durante el período de cobro.
¿Cuánto cuesta al mes?
| Base de cotización mensual | Cuota mensual por cese de actividad |
|---|---|
| 200 € (tramo 1 mínimo) | 1,80 €/mes |
| 260 € (tramo 3) | 2,34 €/mes |
| 370 € (tramo 8) | 3,33 €/mes |
| 530 € (tramo 14) | 4,77 €/mes |
| 590 € (tramo 15 máximo) | 5,31 €/mes |
¿Es obligatoria esta cotización?
Sí. La cotización por cese de actividad es obligatoria para todos los autónomos del RETA desde la reforma de 2019. No es posible darse de baja de esta cobertura salvo en situaciones muy específicas (pluriactividad con cobertura en otro régimen, por ejemplo).