31 de mayo: último día sin recargo para ingresar diferencias de cotización RETA de enero a marzo de 2026
📅 22/05/2026 · 15:59
Queda menos de una semana y media para una fecha crítica que muchos autónomos desconocen: el 31 de mayo de 2026 es el último día para ingresar sin recargo las diferencias de cotización derivadas de la aplicación retroactiva de la Orden de Cotización 2026 (Orden PJC/297/2026, BOE 31 de marzo), que tiene efectos desde el 1 de enero de 2026.
¿A quién afecta este plazo?
Afecta a los autónomos que:
- Gestionan su cotización mediante autoliquidación (Sistema RED, generalmente a través de gestoría).
- Entre enero y marzo de 2026 pagaron cuotas calculadas sobre bases o tipos distintos a los que establece definitivamente la Orden PJC/297/2026.
- Tienen una diferencia a pagar entre lo que ingresaron provisionalmente y lo que corresponde con la nueva Orden.
¿Cómo se calculan las diferencias?
La diferencia más habitual surge de la actualización del MEI del 0,8% al 0,9% y de los ajustes en bases máximas de determinados tramos. Para la mayoría de autónomos en liquidación simplificada (la mayoría), la Seguridad Social aplica los ajustes automáticamente. Para los de autoliquidación, el ajuste es responsabilidad del autónomo o su gestoría.
¿Qué hacer si tienes dudas?
- Consulta a tu gestoría o asesoría para verificar si hay diferencias pendientes en tus liquidaciones de enero a mayo de 2026.
- Accede a Importass para consultar el estado de tus liquidaciones.
- Si tienes diferencias, ingresa el importe a través del Sistema RED o en cualquier oficina de la TGSS antes del 31 de mayo.